Dr. Luis Fernando Cordón Morales
@lfercordon – buzonasprodecogt@gmail.com

Además de los tradicionales paches, esta semana fue noticia un nuevo caso de corrupción denominado “Traficantes de Influencias”, el cual, afirman las autoridades, se desprendió de las investigaciones del Caso La Línea, en donde nuevamente se supone la existencia de una estructura delictiva que se presume integrada por empresarios, políticos, funcionarios y prestadores de servicios, con la intensión primaria de aligerar la devolución de créditos fiscales del Impuesto al Valor Agregado a cambio de comisiones.

De conformidad con la ley específica, débito fiscal es la suma del impuesto cargado por el contribuyente en sus operaciones, mientras que crédito fiscal es el cargado a este, en donde la determinación del tributo resulta ser la diferencia entre el total de ambos al final de cada período fiscal. Si queda a favor del débito, la suma se debe enterar al fisco, pero si es al crédito esta se acumulará y trasladará a otros períodos hasta agotarse, mediante la misma fórmula de compensación con débitos; por lo que en términos generales no se devuelve. Sin embargo, los que se dedican a la exportación y prestan servicios o venden bienes a personas exentas en el mercado local, sí cuentan legalmente con el derecho a que se les devuelva el crédito acumulado de forma mensual, trimestral o semestral, atendiendo al procedimiento de gestión o régimen al que opten o registren.

¿Qué ha hecho del crédito fiscal un tema complejo? Para que el mismo proceda en devolución este debe de cumplir con ciertas condiciones; además, para su reconocimiento también debe atender requisitos de suficiente respaldo y debido registro; por lo que los auditores fiscales deben de realizar una labor exhaustiva de verificación de lo presentado para su posterior autorización, conocer miles de casos y cumplir con resolver en plazos legales (30 a 60 días).

Derivado de la observancia constante de alteraciones en la información y aprovechamiento indebido de parte de muchos solicitantes, que han acudido reiteradamente durante años a prácticas delictivas como la compra de facturas (declarando operaciones ficticias con proveedores inexistentes) para solicitar montos mayores en devolución y así beneficiarse con mayor dinero al que les pertenecería, han sido ellos mismos los primeros en contaminar este procedimiento, llevándolo al punto de satanizarlo.

Por su parte, la Administración Tributaria ha tenido que redoblar esfuerzos en las revisiones y establecer procedimientos y criterios administrativos; sin embargo, esta no ha encontrado una fórmula que la haga eficiente y efectiva en el cumplimiento de su obligación legal de gestionar la devolución de un dinero que es reclamado, muestra de ello es que han pasado de estar modificando constantemente normativas, unificando injustificadamente unidades administrativas y manteniendo recursos limitados para una rápida y correcta verificación, que solo ha provocado una presa de expedientes por conocer y definir, misma que continua luego de un plan emergente 2017 que fue todo un fracaso, siendo la segunda responsable en la satanización, que no solo alimenta la persistencia de células de corrupción como la referida sino que limita el retorno de capital, afectando la economía.

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