La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró sin lugar una apelación presentada por el Movimiento Semilla. Foto: La Hora/ Jose Orozco

La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró sin lugar una apelación presentada por el Movimiento Semilla, en contra de la resolución de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, en la cual suspendió en definitiva un amparo promovido por el partido político en contra de la decisión del titular del Juzgado Séptimo de Primera Instancia Penal, Fredy Orellana, sobre la suspensión de la personalidad jurídica de la agrupación política.

Sobre el tema, el abogado del Movimiento Semilla y diputado al Parlamento Centroamericano (Parlacén), Juan Gerardo Guerrero Garnica, aseguró que el hecho que no otorguen un amparo no significa que suspenda la personalidad jurídica de la agrupación política.

CC RECHAZA APELACIÓN 

Según dio a conocer la alta Corte, se declaró sin lugar la apelación interpuesta por el Movimiento Semilla, a través de su mandatario judicial, Hugo Alfredo Bautista del Cid, por lo cual se confirmó la resolución del 24 de agosto pasado, de la Sala Primera de Apelaciones en la que dispuso suspender en definitiva el trámite de la acción promovida por la organización política.

Según explicó el Tribunal Constitucional, el planteamiento realizado no es el correcto, ya que “de no haberse agotado el presupuesto de definitividad, previsto en el artículo 19 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, el cual conlleva la obligación que tiene el postulante de agotar previamente a la presentación del amparo, los recursos contemplados por la legislación que rige el acto reclamado”.

Esta decisión obedece razones de certeza jurídica, ya que debido a la naturaleza “subsidiaria y extraordinaria” del amparo, no puede constituirse como vía procesal sustitutiva de las vías administrativas o de la jurisdicción ordinarios, explicó la máxima Corte.

En esta línea, detalló que Semilla acudió directamente en amparo contra el Juez Orellana, por lo que incumplió con el presupuesto proceso de definitiva, debido a que el partido podía interponer un recurso de reposición.

 

“El cual resultaría idóneo para impugnar el pronunciamiento por el que el Juez de mérito no admitió para trámite la recusación incoada; ya que se cumplen los supuestos establecidos en el artículo 402 del Código Procesal Penal, en el sentido que este fue dictado sin audiencia previa y no es susceptible de ser impugnado por medio del recurso de apelación”, agregó la CC.

SEMILLA DICE QUE AÚN QUEDAN PENDIENTES RECURSOS

Sobre el tema, Semilla emitió un comunicado en el que recordó que fue notificado sobre el amparo 2279-2023, de la Corte Suprema de Justicia, con el cual otorgó en definitiva una acción promovida por la agrupación política, en la que resuelve que se debe de proteger el principio de alternabilidad en el ejercicio del cargo, por lo que la adjudicación de cargos y la toma de posesión de las autoridades electas debe garantizarse.

De esta cuenta, el partido detalló que fue notificado sobre las sentencias de las apelaciones 5004-2023 y 5146-2023, con las cuales se buscaba la suspensión de las resoluciones emitidas por el Juez Orellana, en el que deniega la recusación contra el togado, así como el recurso de reposición presentado dentro de la carpeta judicial 10179-2023-00231.

Por ello, subrayó que aún existen acciones constitucionales y recursos pendientes por resolver sobre la orden ilegal y arbitraria emitida por Orellana, sobre la suspensión de la personalidad jurídica de Semilla, la cual instrumentaliza Le ley Contra la Delincuencia Organizada en fraude de ley, de forma errónea, anómala y peligrosa.

«Movimiento Semilla sigue gozando de la protección establecida en la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), y su personalidad jurídica sigue inscrita y vigente», enfatizó.

Además, recalcó que el amparo en definitiva de la CSJ mantiene la vigente la naturaleza jurídica del proceso electoral, por lo que, con ello se garantiza que la voluntad del pueblo de Guatemala sea respetada en los términos en los que eligió a sus autoridades.

SEÑALA QUE FALLA NO ES PARTE PROCESAL

De la misma forma, Semilla condenó la filtración de las resoluciones por parte del integrante de la Fundación Contra el Terrorismo, Raúl Falla, quien, acentuó, no es parte procesal en las acciones de amparo resueltas por la alta Corte.

«Tuvo acceso a esta resolución antes de que nos notificaran formalmente como partido y a las interpretaciones tendenciosas que hacen en redes sociales, sorprendiendo así, de mala fe, a las personas», manifiesta el comunicado.

En el escrito, Semilla también hace un llamado a la ciudadanía guatemalteca a observar las actuaciones de las autoridades judiciales, ya que la voluntad popular debe ser respetada por el Estado guatemalteco.

GUERRERO DICE QUE NO SIGNIFICA QUE SE SUSPENDA AL PARTIDO

Sobre el tema, el abogado Guerrero Garnica mencionó a La Hora que en redes sociales, el integrante de la Fundación contra el Terrorismo, Raúl Falla, aseguró que se suspendió la personalidad jurídica del partido debido a que no se otorgó una apelación.

“La información es totalmente falsa y tergiversada, el hecho de que no otorguen un amparo o una apelación de amparo, no significa que suspendan la personalidad jurídica del partido como lo da a entender Raúl Falla”, subrayó.

Además, Guerrero Garnica cuestionó la forma en la que habría obtenido la información Falla, ya que cuando el profesional del derecho habló con La Hora el partido político aún no había sido notificado sobre la resolución de la alta Corte.

Al mismo tiempo, Andrea Reyes, diputada electa al Congreso de la República y abogada del partido, también señaló que la información filtrada por la Fundación contra el Terrorismo es falsa.

“En ambos amparos no se discutía la personalidad jurídica del partido. Sino dos recursos procesales que fueron denegados. Movimiento Semilla sigue vigente”, manifestó la profesional del derecho.

 

EL CASO

Las acciones derivan de la decisión del Juez Orellana sobre la suspensión del Movimiento Semilla, por solicitud de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) a cargo de Rafael Curruchiche, dentro del caso que denominó “Corrupción Semilla”, por la supuesta falsificación de firmas falsas.

Dicha resolución fue anunciada una hora antes de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) oficializara los resultados de las Elecciones Generales y convocara a segunda vuelta electoral entre Sandra Torres, de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), y Bernardo Arévalo, de Semilla, lo que creó un clima de incertidumbre respecto al proceso electoral y el futuro del partido, por lo cual la organización ha buscado dejar en suspenso la decisión de Orellana.

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