Luego que diputados del Congreso aprobaran las reformas al Código Penal y al decreto 21-2006 del Congreso de la República, Ley Contra la Delincuencia Organizada, el Comité de Desarrollo Campesino (Codeca) se pronunció en contra. Foto: La Hora / Redes Sociales

Luego que diputados del Congreso aprobaran las reformas al Código Penal y al decreto 21-2006 del Congreso de la República, Ley Contra la Delincuencia Organizada, que aumenta las multas y la pena de cárcel en contra de quienes roben energía eléctrica, el Comité de Desarrollo Campesino (Codeca) se pronunció en contra y aseguró que la ahora Ley tiene la misión de blindar jurídicamente los intereses económicos privados.

«La empresa distribuidora eléctrica DEOCSA Y DEORSA, de marca comercial Energuate, es propiedad del consorcio norteamericano Squaret Capital. Esta empresa en lugar de mejorar la distribución de energía eléctrica, ocasionó y expandió la conflictividad social en todo el país por sus abusivos cobros de facturación.

Hasta la fecha, Energuate se beneficia de los subsidios millonarios que de manera permanente reciben de los corruptos que están gobernando Guatemala», señaló Codeca por medio de un comunicado.

Por ello, el Comité afirmó que el decreto 8-2023, que tiene por finalidad castigar hasta con 12 años de cárcel a las comunidades organizadas que en resistencia, dignidad y derechos establecidos en la Constitución exigen la revisión de los contratos de privatización de los bienes y servicios públicos, como la energía eléctrica transferidos al sector privado.

RATIFICAN SU DEFENSA

Codeca indicó que ante el «vergonzoso sometimiento» del Congreso a «los inmorales intereses norteamericanos» y a la empresa ENERGUATE en particular, ratifican su «inclaudicable vocación» de ser los guardianes y defensores de la soberanía del país, seguirán organizando y exigiendo la renacionalización de la energía eléctrica y demás bienes.

Además, convocaron a los pueblos y sectores populares del país a sumarse a las acciones de resistencia, amparados en el artículo 45 de la Constitución.

 

«En 1954 fue una empresa bananera norteamericana quien nos humilló como país y nos postró hasta nuestros días. Y, hoy, casi 70 años después, otra empresa norteamericana, manipulando al corrupto Congreso de la República, busca humillarnos aún más», afirmó.

CON DEDICATORIA A CODECA

El pasado martes 21 de marzo, el cuarto secretario de la Junta Directiva, Aníbal Rojas, aseguró que la ahora ley busca frenar a las personas que “roban energía eléctrica”, por lo que esperan un respaldo de los diputados para la aprobación de dicha propuesta y señaló directamente a Codeca.

«Hay que frenar a estos delincuentes que están robando energía eléctrica y que no solo la están robando y la están vendiendo, incluso quitan los contadores que pone la empresa eléctrica y ponen sus propios contadores con nombre y apellido Codeca y ¿Para qué utilizan ese dinero? Para fortalecer su organización partidaria a través del MLP, entonces se agencia de millones de quetzales robados, es importante que esta ley pase el día de mañana y se apruebe”, señaló Rojas.

Asimismo, el 2 de marzo en el avance del primer debate el diputado Lázaro Zamora, del partido Unionista, afirmó la ley fue hecha para detener a «un movimiento criminal” que solo impide la libre locomoción, el desarrollo de los guatemaltecos y amedrenta a los ciudadanos.

Dentro de su discurso, Zamora indicó que la organización se trata del Comité de Desarrollo Campesino (Codeca), que “no solo amedrenta, asesina, toma las carreteras cuando se les da la gana, sino también financia partidos políticos”.

¿QUÉ DICEN LAS REFORMAS?

Sobre el hurto de fluidos, se reformará el artículo 249 del Código Penal para quien sustraiga energía eléctrica, agua, gas a fuerza de una instalación o cualquier otro fluido ajeno, será sancionado con prisión de 2 a 4 años y multa de Q10mil.

 

Por hurto de fluidos cometido por grupo delictivo organizado u organización criminal, se añadirá el artículo 249 Bis que estipula que quien, formando parte de un grupo delictivo organizado u organización criminal, ilícitamente, sustrajera, indujera o promoviera la sustracción o conexión ilegal de energía eléctrica, agua, gas, a fuerza de una instalación o de cualquier otro fluido ajeno, será sancionado con prisión de 4 a 8 años y multa de Q100 mil.

Por el hurto de energía eléctrica mediante conexiones ilegales, agregarán el artículo 249 Ter. del Código Penal, para establecer que quien, sin estar debidamente autorizado como distribuidor final, efectúa cualquier manipulación no autorizada desde la red del distribuidor final hacia algún punto de suministro o bien se beneficie de energía eléctrica a través de la manipulación ilegal de la red, será sancionado con prisión de cinco a ocho años y multa de Q5 mil a Q10 mil, sin perjuicio de la responsabilidad civil y administrativa que corresponda.

Relacionado al cobro ilegal de energía eléctrica, agregarán el artículo 249 Quater del Código Penal que establece que quien cobre o recaude sumas de dinero derivado del suministro de energía eléctrica, sin estar autorizado por el Distribuidor Final, de cuya red provenga el suministro, será sancionado con prisión de 5 a 8 años y multa de Q10 mil a Q50 mil, sin perjuicio de la responsabilidad civil que corresponda.

Asimismo, se reformará el artículo 254 del Código Penal, que menciona el robo de fluidos que quien, con violencia, de forma ilícita sustrajere energía eléctrica, agua, gas o fuerza de una instalación o cualquier otro fluido ajeno, será sancionado con prisión de cinco a ocho años y si quien comete el delito forma parte de un grupo delictivo organizado u organización criminal, la pena a imponer será de prisión de 8 a 12 años.

SIN RESPUESTA DE ENERGUATE

Esta Redacción se comunicó con Comunicación Social de la empresa distribuidora de energía Energuate, para conocer su postura sobre los señalamientos de Codeca, pero hasta el cierre de esta nota no se obtuvo respuesta.

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