Diputados del Congreso aprobaron la iniciativa de ley 6181, Ley Contra la Delincuencia Organizada. Foto: La Hora / Congreso

Con 105 votos a favor diputados del Congreso aprobaron la iniciativa de ley 6181, el cual establece reformas al Código Penal y al decreto 21-2006 del Congreso de la República, Ley Contra la Delincuencia Organizada, con el objetivo de aumentar las multas y la pena de cárcel en contra de quienes roben energía eléctrica, agua, gas o fuerza de instalación o cualquier otro fluido ajeno.

OPOSICIÓN SE PRONUNCIA EN CONTRA

Durante la discusión de la ahora ley, diversos legisladores se pronunciaron en contra.

El diputado Bernardo Arévalo del Movimiento Semilla expresó que era una ley innecesaria y populista, «no estamos nosotros ahora ante un problema de falta de instrumentos legales para perseguir el delito de robo de fluido eléctrico, de hecho, la legislación ya lo tienen en el Código Penal en el artículo 249 de manera que no es un problema de falta de legislación, es un problema de la incapacidad para implementar la ley y cumplirla», señaló.

Asimismo, indicó que era una propuesta populista que se está instrumentalizando en época electoral para tratar de distraer y dirigir la atención la criminalización de las «víctimas del pésimo servicio eléctrico».

La legisladora Vicenta Jerónimo del Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP) indicó que dicha ley vulnera los derechos de la población, de las organizaciones y comunitarios.

«Esperemos que la población juzgue a los diputados y diputadas ponentes de esta iniciativa porque vendrá un momento donde el pueblo nos va a juzgar de nuestros hechos aquí en el Congreso», afirmó.

Osmundo Ponce del partido URNG-MAIZ aseguró: «definitivamente no es necesaria esta ley, ya está legislado pero lo que me llama más la atención ahora es que se incluye dentro de esta ley el robo de energía eléctrica ojalá se incluya el desvío de ríos».

Expresó que la ley está dirigida completamente a una organización social, por lo que no es parte de un estado de derecho y se debe evitar que Guatemala deje de ser un estado democrático, «defendamos la democracia y que el bienestar social sea para todas y todos los guatemaltecos», añadió.

SOBRE LA LEY

Sobre el hurto de fluidos, se reformará el artículo 249 del Código Penal para quien sustraiga energía eléctrica, agua, gas a fuerza de una instalación o cualquier otro fluido ajeno, será sancionado con prisión de 2 a 4 años y multa de Q10mil.

Por hurto de fluidos cometido por grupo delictivo organizado u organización criminal, se añadirá el artículo 249 Bis que estipula que quien, formando parte de un grupo delictivo organizado u organización criminal, ilícitamente, sustrajera, indujera o promoviera la sustracción o conexión ilegal de energía eléctrica, agua, gas, a fuerza de una instalación o de cualquier otro fluido ajeno, será sancionado con prisión de 4 a 8 años y multa de Q100 mil.

Por el hurto de energía eléctrica mediante conexiones ilegales, agregarán el artículo 249 Ter. del Código Penal, para establecer que quien, sin estar debidamente autorizado como distribuidor final, efectúa cualquier manipulación no autorizada desde la red del distribuidor final hacia algún punto de suministro o bien se beneficie de energía eléctrica a través de la manipulación ilegal de la red, será sancionado con prisión de cinco a ocho años y multa de Q5 mil a Q10 mil, sin perjuicio de la responsabilidad civil y administrativa que corresponda.

Relacionado al cobro ilegal de energía eléctrica, agregarán el artículo 249 Quater del Código Penal que establece que quien cobre o recaude sumas de dinero derivado del suministro de energía eléctrica, sin estar autorizado por el Distribuidor Final, de cuya red provenga el suministro, será sancionado con prisión de 5 a 8 años y multa de Q10 mil a Q50 mil, sin perjuicio de la responsabilidad civil que corresponda.

 

Asimismo, se reformará el artículo 254 del Código Penal, que menciona el robo de fluidos que quien, con violencia, de forma ilícita sustrajere energía eléctrica, agua, gas o fuerza de una instalación o cualquier otro fluido ajeno, será sancionado con prisión de cinco a ocho años y si quien comete el delito forma parte de un grupo delictivo organizado u organización criminal, la pena a imponer será de prisión de 8 a 12 años.

Además, en una enmienda por adición se añadirá en el artículo 294 «atentado contra la seguridad de servicios».

CON DEDICATORIA A CODECA Y MLP

El pasado martes 21 de marzo, el cuarto secretario de la Junta Directiva, Aníbal Rojas, aseguro que con esta iniciativa busca frenar a las personas que “roban energía eléctrica”, por lo que esperan un respaldo de los diputados para la aprobación de dicha propuesta y señaló directamente a CODECA y MLP, como se lee en la nota realizada por la Hora.

 

“Hay que frenar a estos delincuentes que están robando energía eléctrica y que no solo la están robando y la están vendiendo incluso quitan los contadores que pone la empresa eléctrica y ponen sus propios contadores con nombre y apellido Codeca y ¿Para qué utilizan ese dinero? Para fortalecer su organización partidaria a través del MLP, entonces se agencia de millones de quetzales robados, es importante que esta ley pase el día de mañana y se apruebe”, señaló Rojas.

SIN RESPUESTA DE CODECA

La Hora consultó al Comité de Desarrollo Campesino (Codeca) para conocer su postura respeto a la ley recién aprobada, sin embargo, a la publicación de esta nota no se obtuvo ninguna respuesta.

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