El pleno del Congreso conocerá este miércoles el tercer debate de la iniciativa de ley 6181, Ley Contra la Delincuencia Organizada. Foto: La Hora / Congreso

El pleno del Congreso conocerá este miércoles el tercer debate de la iniciativa de ley 6181, la cual dispone efectuar reformas al Código Penal y al decreto 21-2006 del Congreso de la República, Ley Contra la Delincuencia Organizada, con el objetivo de aumentar las multas y la pena de cárcel en contra de quienes roben energía eléctrica y agua.

Según dio a conocer el cuarto secretario de la Junta Directiva, Aníbal Rojas con esta iniciativa busca frenar a las personas que «roban energía eléctrica», por lo que esperan un respaldo de los diputados para la aprobación de dicha propuesta.

«Esa ley queremos que mañana ya se apruebe, ya va en su tercer debate, hay que frenar a estos delincuentes que están robando energía eléctrica y que no solo la están robando y la están vendiendo incluso quitan los contadores que pone la empresa eléctrica y ponen sus propios contadores con nombre y apellido «Codeca» y ¿Para que utilizan ese dinero? Para fortalecer su organización partidaria a través del MLP, entonces se agencia de millones de quetzales robados, es importante que esta ley pase el día de mañana y se apruebe», señaló Rojas.

SOBRE LA PROPUESTA DE LEY

La iniciativa de ley fue presentada por el Organismo Ejecutivo el 13 de enero y fue trasladada a la Comisión de la Defensa Nacional, la cual dictaminó favorable el 28 de febrero, seguidamente el 1 de marzo avanzó en su primera lectura en el pleno del Congreso.

El documento del dictamen favorable establece 11 artículos que añaden diversas reformas, las cuales son:

– Sobre el hurto de fluidos, se reformará el artículo 249 del Código Penal para quien sustraiga energía eléctrica, agua, gas a fuerza de una instalación o cualquier otro fluido ajeno, será sancionado con prisión de 2 a 4 años y multa de Q10 mil.

– Sobre el hurto de fluidos, se reformará el artículo 249 del Código Penal para quien sustraiga energía eléctrica, agua, gas a fuerza de una instalación o cualquier otro fluido ajeno, será sancionado con prisión de 2 a 4 años y multa de Q10 mil.

– Por hurto de fluidos cometido por grupo delictivo organizado u organización criminal, se añadirá el artículo 249 Bis que estipula que quien, formando parte de un grupo delictivo organizado u organización criminal, ilícitamente, sustrajera, indujera o promoviera la sustracción o conexión ilegal de energía eléctrica, agua, gas, a fuerza de una instalación o de cualquier otro fluido ajeno, será sancionado con prisión de 4 a 8 años y multa de Q100 mil.

– Por el hurto de energía eléctrica mediante conexiones ilegales, agregarán el artículo 249 Ter. del Código Penal, para establecer que quien, sin estar debidamente autorizado como distribuidor final, efectúa cualquier manipulación no autorizada desde la red del distribuidor final hacia algún punto de suministro o bien se beneficie de energía eléctrica a través de la manipulación ilegal de la red, será sancionado con prisión de cinco a ocho años y multa de Q5 mil a Q10 mil, sin perjuicio de la responsabilidad civil y administrativa que corresponda.

– Relacionado al cobro ilegal de energía eléctrica, agregarán el artículo 249 Quater del Código Penal que establece que quien cobre o recaude sumas de dinero derivado del suministro de energía eléctrica, sin estar autorizado por el Distribuidor Final, de cuya red provenga el suministro, será sancionado con prisión de 5 a 8 años y multa de Q10 mil a Q50 mil, sin perjuicio de la responsabilidad civil que corresponda.

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