El Tribunal Supremo Electoral (TSE) decidió aceptar un recurso de nulidad que fue presentado por el partido político Cambio, con lo cual avaló la candidatura de Manuel Baldizón como aspirante a diputado por el listado nacional. Sin embargo, esta resolución aún puede ser impugnada por las organizaciones políticas que lo consideren necesario.
De acuerdo con el artículo 250 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), sobre la legitimación de los medios de impugnación dentro del proceso electoral, sólo las partes debidamente acreditadas en cada caso o sus legítimos representantes pueden interponer los recursos de nulidad y otras acciones legales establecidas en la legislación vigente.
“Los fiscales nacionales y los secretarios y fiscales departamentales de los partidos políticos y comités cívicos electorales, podrán interponer los recursos de revisión y nulidad, dentro del ámbito de su competencia”, agrega la normativa electoral.
Por lo cual, únicamente las organizaciones políticas podrán impugnar la resolución de los magistrados. Suman varios partidos políticos que analizan presentar acciones legales que pudieran ser entabladas en el caso.
Quienes se han manifestado por la situación son figuras de la política, como aspirantes a cargos públicos. Entérate aquí 👇 https://t.co/LbNeacTS6x
— Diario La Hora (@lahoragt) March 13, 2023
ANTECEDENTE DE IMPUGNACIÓN RECHAZADA
El artículo 250 de la LEPP ha sido parte de los criterios del TSE para rechazar las impugnaciones planteadas contra candidaturas de aspirantes a cargos de elección popular, como en el caso de la acción presentada por el exgerente del Instituto Nacional de Electrificación (INDE), Marinus Boer, contra el binomio presidencial de Cabal, conformado por Edmond Mulet y Máximo Santa Cruz.
Boer aseguró que era el “legítimo propietario” de la marca “Cabal”, debido a que cuenta con los documentos del Registro de la Propiedad Intelectual que así lo acreditan, por lo cual aseguró que únicamente él podía hacer uso del mismo por ser de su propiedad, según el exgerente del INDE.
En esa línea, Mulet rechazó los señalamientos y confirmó que únicamente se pueden presentar acciones de esa naturaleza por otros partidos políticos y que Boer es “un ciudadano individual”, por lo cual pidió que el recurso fuera rechazado sin entrar a conocerlo.
Posteriormente, el 3 de febrero último, el TSE rechazó el recurso de nulidad y entre las consideraciones de la resolución se mencionó a la referida normativa.
De esa cuenta se argumentó que Boer no se encontraba debidamente acreditado “como parte del asunto”.
“En su memorial de interposición, el interponente no acompaña documentación alguna que respalde las calidades exigidas por el artículo de la normativa electoral citada (artículo 250 de la LEPP), que según su análisis textual debe actuar como fiscal nacional, secretario o fiscal departamental de una organización política”, detalla la decisión del TSE.
Así consta en la resolución que fue emitida con motivo de una acción legal que esté planteó para que su inscripción fuera habilitada. 👉[https://t.co/u5o7nVudoC] pic.twitter.com/wibRIk0FHX
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ANALIZAN ACCIONES
Respecto a si presentarán acciones en contra de la inscripción de Baldizón, La Hora consultó con las distintas agrupaciones políticas que conforman el espectro nacional.
El candidato a la presidencia por Cabal, Edmond Mulet aseguró que el equipo legal del partido se encuentra en el estudio del caso para determinar los mecanismos más apropiados para su intervención en defensa del Estado de Derecho.
VOS, en palabras del diputado Orlando Blanco, quien busca la reelección en el cargo por el listado nacional, aseguró que será analizado el tema.
Mientras que el secretario general de VAMOS, Víctor Valenzuela, indicó que ya se encontraban analizando el caso con los abogados del partido, para conocer “lo pertinente; sin embargo, dijo que “no podría dar más detalles”.
En esta línea, el secretario general de CREO, el diputado Óscar Chinchilla, resaltó que se encontraba de una gira en el interior del país, por lo cual no tenía conocimiento del tema, pero que el Comité Ejecutivo Nacional del partido vería si hay algún tipo de impugnación por la inscripción de Baldizón.
“Considero que hay varios candidatos también con situaciones similares y, ¿Cuál sería el argumento, en este caso, del TSE?”, agregó el diputado de CREO, enfatizando que desconocía del tema.
La discusión llevó a un fallo cerrado de tres contra dos, con lo cual se dio luz verde a su participación en los comicios. Aquí los detalles #Elecciones2023 ⬇️ https://t.co/m7J7xD6BIj
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En cuanto al presidenciable de Nosotros, Rudy Guzmán, sostuvo que se está analizando la postura que asumieron los magistrados del TSE al validar la inscripción, pero que la ley se debía de respetar. Agregó que mañana tendría “una postura más objetiva”.
El Secretario General adjunto de Comunidad Elefante, Rodrigo Pellecer, expuso que han visto que muchos partidos políticos están en la labor de impugnar la decisión del TSE y que en algunos casos incluso llegarán a denunciar a los magistrados, pero que no creen que haya necesidad de ese extremo.
“Lamentamos estas acciones que únicamente traen desprestigio al sistema político, desaniman a los votantes y alientan a aquellos que no sólo no participan, sino además incitan a los demás a no participar”, enfatizó Pellecer.
En esta línea, aseguró que los que están participando por primera vez entienden que el sistema político necesita la participación de todos, para que sea oxigenado y tenga cambios.
Lo anterior, debido a que hay muchos de la “vieja política” que se mantienen en el poder, desanimando a la población.
La diputada y secretaria general de Movimiento Winaq, Sonia Gutiérrez, manifestó que el tema se estaba evaluando con la dirigencia correspondiente.
David Pineda, vicepresidenciable de Podemos, dijo: «La resolución del TSE evidencia que la alta tarea de velar por el sistema democrático en Guatemala está fuera de su comprensión. Invocan a la CC pero tergiversándola». Además, anunció acciones legales por la inscripción de Baldizón.
La Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG-Maíz) informó que el equipo jurídico se está analizando las acciones legales pertinentes para entablar en el caso.
DESCARTAN IMPUGNACIONES
De la misma manera, se consultó con el equipo legal del Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP), el cual descartó interponer acciones legales contra la candidatura de Baldizón.
“Nosotros consideramos que es una decisión injusta, obviamente, porque él no es idóneo, él ha sido condenado por corrupción. El artículo 113 de la Constitución estipula que debe haber idoneidad, y ahí no existe ese principio”, agregó.
También se dijo que Baldizón cuenta con dos denuncias, mientras que Jordán Rodas únicamente tiene una acusación de carácter administrativo, y que por ese motivo no lo dejaron inscribirse. “Y (Rodas) no tiene ninguna condena. Baldizón tiene una condena”, expuso.
Según la organización política el principio de igualdad no se está cumpliendo, debido a que Zury Ríos, candidata a la presidencia de la coalición Valor-Unionista, está inscrita teniendo impedimentos constitucionales.
Sobre esta línea, el presidente del Consejo Político de Mi Familia, Julio Rivera Clavería, aseguró que no impugnarán y que no han platicado sobre la resolución.
Tres magistrados estuvieron a favor de validar la inscripción y dos se manifestaron en contra. Conoce aquí los detalles #Elecciones2023 ⬇️
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Aseguró que es un “tema legal” que le corresponde exclusivamente al TSE y que el camino para Baldizón aún es “muy largo por recorrer”.
PARTIDOS QUE NO RESPONDIERON
La Hora consultó con representantes de todos partidos políticos. Algunos no respondieron. Al cierre de esta nota faltaba que atendieran:
Visión con Valores (Viva): Armando Castillo, candidato a la presidencia y secretario general.
Partido Humanista: Rudio Lecsan Mérida, candidato a la presidencia.
TODOS: Comunicación Social.
Unidad Nacional de la Esperanza (UNE): Comunicación Social.
Partido Azul: Comunicación Social.
Frente de Convergencia Nacional (FCN-Nación): Javier Hernández, diputado.
Partido de Avanzada Nacional (PAN): Manuel Conde Orellana, diputado y candidato a diputado por VAMOS.
Partido Popular Guatemalteco (PPG): Neto Bran, alcalde de Mixco, quien busca la reelección.
Partido Republicano (PR): Rafael Espada, candidato a presidente.
Unionista: Álvaro Arzú Escobar, diputado.
Unión Republicana (UR): Carlos Giovanni Marota, secretario general adjunto.
Partido Azul: Comunicación Social.
Además, se buscó comunicación con el partido Victoria, pero hasta el cierre de esta nota no se ha logrado tener contacto con la organización.
INSCRIBEN A BALDIZÓN
El pasado sábado 11 de marzo, el TSE rechazó un recurso de nulidad a favor de Cambio, luego que el Registro de Ciudadanos rechazara la inscripción de Manuel Baldizón como candidato a diputado por el listado nacional.
Esta no es la primera ocasión que el nombre de Manuel Baldizón se relaciona con el copy paste. 👇#LaHoraDeActualizarnos https://t.co/Kx3U68xXlZ
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La resolución se emitió por mayoría de tres a dos. Tuvo el aval de Irma Palencia, presidenta del TSE; Mynor Franco, magistrado titular; y Álvaro Cordón, magistrado suplente en sustitución de Blanca Alfaro, quien se inhibió.
Mientras que los magistrados titulares Gabriel Aguilera y Ranulfo Rojas dieron un voto disidente.
Quienes estuvieron a favor de la candidatura de Baldizón aseguraron que la soberanía de un Estado se manifiesta a través del ejercicio exclusivo del poder jurisdiccional, por lo que el Organismo Judicial (OJ) tiene la exclusividad de impartir justicia en el país, por lo cual las sentencias emitidas en el extranjero no tienen eficacia en territorio nacional.
De acuerdo con la resolución, también se tomó en cuenta que el artículo 37 de la Ley del OJ establece cuáles son los requisitos que deben llenar los documentos provenientes del extranjero, para que pueda surtir efectos en el país; pero que en el caso de Baldizón, esto no sucedió.
“Es prudente recordar que en nuestro ordenamiento jurídico no se regular el hecho notario como medio de prueba…, no puede o debe influir en la decisión de un juez acerca de la culpabilidad del sindicado en materia penal, o en este caso limitar en forma alguna el derecho cívico electoral de participar o ser electo”, se añade en el fallo.