Gladys Monterroso

licgla@yahoo.es

Abogada y Notaria, Magister en Ciencias Económicas, Catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Diploma otorgado por la Corte de Constitucionalidad en 2005, como una de las Ocho Abogadas Distinguidas en Guatemala, única vez que se dio ese reconocimiento, conferencista invitada en varias universidades de Estados Unidos. Publicación de 8 ediciones del libro Fundamentos Financieros, y 7 del libro Fundamentos Tributarios. Catedrática durante tres años en la Maestría de Derecho Tributario y Asesora de Tesis en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

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El Guatemala, la Constitución se encuentra vigente, así como las diferentes leyes ordinarias, sus reglamentos, los reglamentos autónomos, resoluciones, circulares, los tratados y convenios internacionales en DDHH, y los que no lo son, no han sido denunciados por el país. Los tres organismos del Estado, y las demás instituciones estatales, se encuentran en sus respectivos lugares, los empleados y funcionarios públicos se presentan, y llevan a cabo las actividades que les ordenan realizar.

Aparentemente, todo el sistema semeja una democracia, y todo se encuentra en su lugar, pero, cuando las instituciones no cumplen con sus funciones, y el derecho se manipula para obtener resultados diferentes a los que inspiraron a los creadores de las diferentes leyes, nada es lo que aparenta, porque todo se convierte en una ficción que simula ser lo que no es, cuando los resultados que se persiguen son contrarios a la mayoría social, nos encontramos del otro lado del espejo.

Cuando los postulados del Derecho no son los de justicia y certeza jurídica, y se invierten no en un caso concreto, lo hacen para la generalidad, favoreciendo a una minoría, en ese momento, nos encontramos ante una dictadura que se mantiene tras un velo que disfraza la realidad con un toque de legalidad inexistente.

Ese es el momento actual de Guatemala, todo funciona a la inversa, por lo que el derecho se convierte en no derecho, porque una minoría que tiene el poder interpreta las diferentes normas contrarias a lo que la gran mayoría entiende deben ser, un país que se dice republicano conformado por tres poderes que se dicen independientes entre sí, pero que en la práctica no lo son, es una ficción de país, más aún se someten a resoluciones administrativa inferiores, como sucedió recientemente cuando el Congreso recibió una carta firmada por una fiscal especial y un jefe de fiscalía solicitando la suspensión de un partido político, y la presidenta del alto órgano del Estado, la obedece inmediatamente y desconoce al partido, como tal, me pregunto ¿Podía hacerlo? Definitivamente, no señores, era una carta administrativa, ni tan siquiera una resolución judicial.

En un Estado democrático en el que se cumplen las leyes y existe un verdadero Estado de Derecho, esta situación jamás sucedería, más aún cuando el órgano del que emanan las leyes de aplicación forzosa en todo el país, obedece una carta que no es ni siquiera resolución, tenemos un grave problema de institucionalidad, más aún, cuando todo el aparato funciona en favor del desacato a lo establecido, en ese momento  nos encontramos ante un estado de no derecho, en el que las leyes se encuentran vigentes pero se utilizan buscando un resultado diferente a lo establecido.

El problema del no derecho, en nuestro caso particular, no es la ausencia del derecho o la falta de aplicación de este, es la aplicación contraria del mismo, cuando actuamos a lo inverso, el resultado también lo es, ¿Es legal? No, como tampoco legítimo, las fórmulas tradicionalmente conocidas, se pueden utilizar, pero si quienes dirigen las instituciones se encuentran dentro del no derecho, el resultado será injusto para la generalidad.

El profesor Mario Alzamora Valdez dice que el no derecho no debe ser confundido con otras figuras afines, tales como lo no jurídico, el derecho injusto y el derecho imperfecto, posición con la que personalmente estoy de acuerdo.

Cuando la misma Constitución establece que “Toda persona tiene derecho a hacer lo que la ley no prohíbe.” Legitima todos los actos del ser humano en nuestra sociedad, el presente fenómeno no se enmarca en el precepto constitucional, porque nos enfrentamos a la manipulación de la norma para conseguir resultados adversos a ella, que básicamente se encuentran prohibidos, por ejemplo, cuando un juez de primera instancia penal ordena la suspensión de un partido político, está cometiendo un acto prohibido, por muchas razones, como la falta del debido proceso y falta de competencia entre otras, el obedecerlo nos ubica dentro del no derecho.

El problema estriba en que, mientras continuemos situados en el ámbito del no derecho, los resultados serán los que son, interpretación antojadiza para beneficio de unos pocos, en detrimento del beneficio de las mayorías.

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