La Fiscal General, Consuelo Porras, busca imponer censura y limitar la libertad de expresión.
La Fiscal General, Consuelo Porras, busca imponer censura y limitar la libertad de expresión. Diseño: Alejandro Ramírez.

El pasado 25 de agosto se dio a conocer el amparo que la Fiscal General del Ministerio Público (MP), Consuelo Porras, interpuso ante la Corte de Constitucionalidad (CC) por las publicaciones de usuarios en redes sociales pidiendo la renuncia de la autoridad junto a la de otros fiscales.

Sin embargo, la Fiscal General, así como el jefe de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), Rafael Curruchiche, han evidenciado e indicado que no utilizan las diferentes redes sociales, pero dentro del amparo, adjunta varias páginas con los comentarios y perfiles de usuarios donde llaman a la renuncia de ella, de Curruchiche y también la de la fiscal Cinthia Monterroso.

Ante esto, La Hora consultó al vocero del MP, Juan Luis Pantaleón, que si la Fiscal General en ocasiones anteriores ha dicho que no usa redes sociales, ¿cuál es el equipo que le presenta todos esos tuits a la fiscal que la motivaron a interponer el amparo? A lo que el funcionario respondió que “No tiene relación que la fiscal utilice o no redes sociales. Simplemente, lo que se busca es que se garantice la función constitucional del MP, ante cualquier acción que conlleve desorden público u obstrucción a la persecución penal”.

Además, sobre la recolección de mensajes y usuarios que se compartieron en el recurso, el portavoz mencionó que la información es pública y está al alcance de todas las personas.

PORRAS ES UNA «TECNÓFOBA» QUE LE CREE A NETCENTERS

«El personal cercano imprime hasta los memes que circulan en las plataformas sociales para que pueda ver lo que se dice de ella», se destacó en ¿Quién es María Consuelo Porras? Su perfil construido por la AP, publicado en La Hora.

En esta misma línea, se detalló que las personas que trabajan con la fiscal dicen que es tecnófoba; además de ser conservadora fanática y de molestarse ante la reprobación pública, también se mencionó que le mostraban impresiones y les creía todo lo que los netcenters anónimos publicaban.

Por otro lado, el pasado 7 de marzo, La Hora consultó al fiscal Curruchiche sobre la filtración de información por parte de cuentas de netcenters e indicó «la FECI no tiene ninguna investigación sobre cuentas de netcenter o vinculadas a la Fundación Contra el Terrorismo».

Durante la presentación de la solicitud de antejuicio contra Edmond Mulet en Torre de Tribunales, el pasado 20 de marzo, se le consultó al fiscal de la FECI sobre los anuncios de los usuarios «¡Yes, Master!» y «Eriol» en la red social X, antes Twitter y puntualizó «Desconozco esta situación. No veo redes sociales, no veo Facebook. Entonces no le podría decir si se ha filtrado alguna información o no».

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MP: AMPARO NO LIMITA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

También comentó que el amparo no busca limitar la libertad de expresión como se ha hecho creer, simplemente busca que se garantice que el ente investigador pueda cumplir con su función y que las víctimas tengan acceso a la justicia y se garanticen sus derechos.

Mientras que el movimiento #NoNosCallarán señaló que la Fiscal General busca imponer censura y limitar la libertad de expresión. En un intento de silenciar voces críticas hacia el Ministerio Público, por medio del amparo que intenta callar a periodistas y activistas.

El pasado 27 de abril del 2021, la funcionaria habló sobre la protección a la libertad de expresión en un video difundido en sus redes sociales, en el que Porras expresaba: “La libertad de expresión es un derecho fundamental, inherente a todo ser humano, que nos asiste a todos y todas y gracias al cual podemos expresar nuestras ideas y pensamientos, sin libertad de expresión no hay democracia».

RESPUESTA DEL AMPARO

El pleno de magistrados de la CC contempla se reúna hoy para resolver el recurso de la fiscal general; ante ello, Pantaleón comentó que se espera que se otorgue el amparo para que se adopten las medidas preventivas que garanticen el cumplimiento de la función constitucional del MP.

En esta misma línea, puntualizó en que buscan que se adopten las medidas preventivas para garantizar el cumplimiento de la función constitucional que le compete a la institución investigadora en su deber de ejercer la acción penal pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 251 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

Lo anterior, ante cualquier acto que conlleve desorden público, violación a los derechos constitucionales, obstrucción a la justicia y a la persecución penal.

Zuricza Motta
Periodista profesional y estudiante de Ciencias de la Comunicación en la USAC. Amante del café y las plantas; creyente de un bien común y la lucha colectiva.
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