El Registro de Ciudadanos (RC) del Tribunal Supremo Electoral (TSE) analiza la resolución con la cual el Juzgado Séptimo Penal A ordenó la suspensión o cancelación del partido político Movimiento Semilla. Así lo indicó el magistrado Ranulfo Rojas.
Dicho extremo lo solicitó la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) del Ministerio Público (MP) al juez Fredy Orellana.
Rojas explicó que derivado de la investigación que realiza la FECI en contra de Semilla, se han promovido diferentes acciones ante el referido Juzgado.
De esa cuenta, la judicatura y la FECI requirieron al ente electoral pronunciarse sobre la situación legal de dicha agrupación. Esto fue enviado al RC para que se realice un análisis, agregó.
¡Yes, Máster! desinforma… de nuevo: esto fue lo que solicitó el TSE
EN RESERVA
Rojas indicó que ese caso está en reserva, por lo cual no puede ampliar la información sobre el análisis que realiza el RC.
Sin embargo, dijo que en la respuesta que se envió a FECI y al Juzgado, se consignó que se debe hacer una interpretación de las acciones que podrían tomarse bajo el estudio de toda la documentación, «la aplicación del artículo 92 y por supuesto, posteriormente el artículo 94 de la Ley Electoral (y de Partidos Políticos)».
«Esto significa que tienen que hacer un análisis, un estudio de las actuaciones, hacer una depuración y de pronto, poder correr alguna audiencia por alguna posible suspensión. Eso no significa que es una cancelación. Recordemos que como autoridad electoral somos quienes debemos cumplir con ese debido proceso y poder hacer todas las acciones que permitan que se respeten los derechos de las organizaciones políticas, tomando en cuenta lo que establece el artículo 18 de la Ley Electoral, que dice que son instituciones de orden público», dijo.
El funcionario enfatizó que todas las organizaciones políticas son instituciones de orden público y que tienen una permanencia indefinida.
«Tenemos que tomar en cuenta eso, y poder hacer este análisis, que por supuesto no le corresponde al Tribunal Suprema Electoral en pleno, sino a la Dirección del Registro Ciudadanos y al Departamento de Organizaciones Políticas», resaltó Rojas.
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SUSPENDIDO POR ORDEN JUDICIAL
El magistrado explicó que la personería jurídica de la referida agrupación política está suspendida de manera temporal por una orden judicial.
No obstante, el RC no ha emitido alguna resolución al respecto, que esté basado en la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).
“En el Registro de Ciudadanos y en el Departamento de Organizaciones Políticas se le dio cumplimiento a la instrucción y a la orden que emitió inicialmente el Juzgado Séptimo, en donde está anotada la suspensión por orden judicial, no es por un procedimiento administrativo interno que está establecido en la Ley Electoral, y de esa cuenta, pues son las acciones que nosotros estamos tomando para que sea de una manera lógica, adecuada y pertinente, de acuerdo a lo que establece la Ley Electoral y de Partidos Políticos”, puntualizó Rojas.
El magistrado afirmó que el análisis que realiza el RC es minucioso y responsable, por ello no se tiene una fecha de cuando podría finalizar y conocerse las conclusiones.
CASO SEMILLA
Orellana ordenó al TSE suspender la personería jurídica de Semilla de forma temporal, por petición de la FECI, que dirige Rafael Curruchiche.
Esto, derivado de una investigación que se efectúa desde la referida oficina, por supuestas firmas falsas en afiliaciones del partido.
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