El pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad. Foto: La Hora/Archivo

El pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad decidió durante la sesión de este jueves 26 de enero aplazar las impugnaciones presentadas por el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) contra tres aspectos de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).

Según comunicación social de la alta Corte, los magistrados continuarán con el análisis de las acciones de inconstitucionalidad y se tiene previsto continuar conociéndose la siguiente semana.

La Hora consultó la forma en la que se conformó el pleno de magistrados, a lo que respondió que no se podía apoyar en ese sentido.

Con la acción de inconstitucionalidad, el CACIF busca que los candidatos a elección popular no sean excluidos del proceso electoral, que inició el pasado 21 de enero con la inscripción de los aspirantes a cargos públicos y que así la CC suprima los artículos 94 bis y el inciso “n” del artículo 223 de la LEPP sobre campaña anticipada.

Hasta el momento el Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha decidido inscribir a los candidatos a los cuales el Registro de Ciudadanos decidió en octubre de 2022 su “no inscripción”, entre los que se incluía a Roberto Arzú García-Granados, candidato a la presidencia por Podemos y Neto Bran, quien busca la reelección para la alcaldía de Mixco con el Partido Popular Guatemalteco (PPG).

BUSCAN EVITAR EXCLUSIÓN

El CACIF presentó la acción de inconstitucionalidad el pasado 9 de noviembre contra la referida normativa en la cual se trata el tema de la campaña electoral anticipada, con lo que buscan que los candidatos a elección popular no sean excluidos del proceso electoral.

 

A criterio del presidente del sector empresarial, Hermann Girón, la normativa es subjetiva, pues asumen que se pueden tener dificultades al implementarse la definición de campaña anticipada.

Según los empresarios, existe una gran cantidad de denuncias en cuanto a esta problemática, pero que el interés de los políticos es hablar de sus planes y propuestas.

“Hay una gran cantidad de denuncias y acciones de posibles descalificaciones de candidatos por temas de campaña anticipada y creemos que el objetivo de los políticos es hablar de política, y el llamado de los políticos es hablar de sus planes y propuestas”, argumentó en dicha ocasión Girón.

CACIF SEÑALA OTROS TRES ASPECTOS DE LEPP

El CACIF también presentó una acción de inconstitucionalidad ante la CC en la cual señaló tres aspectos de la LEPP, incluyendo la centralización de la publicidad electoral y la limitación a la cobertura de prensa que se da a los aspirantes a cargos públicos.

En este sentido, el presidente de la organización empresarial aseguró que también cuestiona la contratación centralizada de medios de publicidad, que presuntamente limita la libre difusión de pensamiento, cobertura de eventos políticos y planes políticos.

De tal cuenta, se ponen en cuestionamiento la cobertura de declaraciones, así como la venta a precios regulados y controlados por el mecanismo del Tribunal Supremo Electoral (TSE), a criterio del presidente del CACIF.

 

En cuanto al tercer elemento, el CACIF cuestiona la cobertura por parte de los medios publicitarios de las declaraciones e información de participación política y la venta a precios regulados y contratados a través del mecanismo del TSE, que según Girón, detiene la libre empresa de los medios publicitarios y dificulta la cobertura de los temas políticos en Guatemala.

INSCRIBEN A NETO BRAN Y ARZÚ

El pasado 28 de octubre, el Registro de Ciudadanos decidió la “no inscripción” de Neto Bran y Arzú; sin embargo, el actual alcalde de Mixco se convirtió en el primer candidato inscrito por el TSE.

Sobre el tema, la magistrada presidenta del TSE, Irma Elizabeth Palencia, explicó que después de que el pleno realizara un análisis exhaustivo de las constancias que estaban integrando el expediente tomó la decisión de la inscripción de Bran, debido a que no se “daban los supuestos de ley”.

De tal cuenta, el pleno de magistrados no encontró que el candidato a la alcaldía de Mixco haya incurrido en la violación del artículo 94 bis de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), respecto a la “propaganda ilegal de personas individuales”.

Posteriormente, se dio a conocer que el TSE también resolvió la inscripción de Arzú García-Granados, luego de no encontrar que el uso de los hashtag “#HagamosGrandeGuate” y “#SíSePuede”, así como el regalar pipas de agua se tratara de una violación a la referida normativa.

Por lo anterior, el TSE aclaró que luego que los candidatos a elección popular sean inscritos, los expedientes por posible campaña electoral anticipada quedarán sin efecto.

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