Si consideras que puedes conducir tu vehículo con las placas en trámite te arriesgas a recibir sanciones por parte de las autoridades de tránsito, ya que la Ley y Reglamento de Tránsito lo prohíbe.
El Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC) recuerda a aquellos conductores que intentan circular con las placas en trámite que dicha acción no está permitida.
«¡Presta atención! Circular con placas en trámite es prohibido y representa sanciones y consignación del vehículo», advierte la entidad.
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«No está autorizado el uso de placas en trámite en ningún vehículo», remarca en sus redes sociales la PNC.
El artículo 18, inciso «a» de la Ley de Tránsito establece el uso obligatorio de placas y tarjeta de circulación para movilizarse en la vía pública. Así mismo, en el artículo 10 inciso “b” de la Ley de Tránsito se determina que parte de la documentación lo constituyen las placas de circulación.
La sanción está contemplada en el artículo 184, numeral 1 del Reglamento de Tránsito , establece una multa de Q500 por circular sin placas. Así mismo, la consignación del vehículo, según el artículo 176 literal “e”.
¡Presta atención! 🚨
Circular con placas en trámite es prohibido y representa sanciones y consignación del vehículo. 🏍️🚗#SeguridadVial pic.twitter.com/MOkU1n9l5j
— PNC Tránsito (@DTransitoPNC) March 13, 2024
#PlacasEnTramite no le permite circular en la vía pública,su motocicleta puede ser consignada por las autoridades de tránsito,debe esperar que la agencia donde compró su moto le entregue las placas y los encargados de este trámite instruyean a sus clientes no los pongan en riesgo pic.twitter.com/SnFHzPxF2p
— Dalia Santos🚔 (@SantosDalia) March 4, 2024