Zamora afirmó que la organización se trata del Comité de Desarrollo Campesino (Codeca). Foto: La Hora / Twitter - CODECA GT

Durante la sesión ordinaria en el Congreso, avanzó en primer debate de la iniciativa 6181, la cual dispone efectuar reformas al Código Penal y al decreto 21-2006 del Congreso de la República, Ley Contra la Delincuencia Organizada, para aumentar las multas y la pena de cárcel en caso de robo de luz, agua o fuerza de una instalación.

En la discusión de la iniciativa, el diputado Lázaro Zamora, del partido Unionista, aseguró que la propuesta de ley fue hecha para “parar a un movimiento criminal” que solo impide la libre locomoción, el desarrollo de los guatemaltecos y amedrenta a los ciudadanos “so pena que los van a matar sino les pagan a ellos la luz que ellos se roban».

El diputado Lázaro Zamora, del partido Unionista. Foto: La Hora / Congreso

Zamora afirmó que la organización se trata del Comité de Desarrollo Campesino (Codeca), que “no solo amedrenta, asesina, toma las carreteras cuando se les da la gana, sino también financia partidos políticos», aseguró.

Por lo anterior, aseveró: «Guatemala necesita liberarse de esos criminales que no solo golpean al pueblo de Guatemala sino también quieren incidir en las decisiones políticas que aquí se toman. Votemos por esta ley, pasémosla porque es necesario».

SOBRE LA INICIATIVA

La propuesta de ley fue presentada por el Organismo Ejecutivo el 13 de enero y fue trasladada a la Comisión de la Defensa Nacional, la cual dictaminó favorable el 28 de febrero.

De acuerdo con el dictamen, en el artículo 2 adiciona en el «artículo 249 Bis. – hurto de fluidos cometido por grupo delictivo organizado u organización criminal. Quien, formando parte de un grupo delictivo organizado u organización criminal, ilícitamente, sustrajere, indujere o promoviere la sustracción o conexión ilegal de energía eléctrica, agua, gas, a fuerza de una instalación o de cualquier otro fluido ajeno, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años y multa de cien mil quetzales.»

Además, en el artículo 3 menciona que el artículo 249 Ter. del Código Penal adiciona el hurto de energía eléctrica mediante conexiones ilegales. Quien, sin estar debidamente autorizado como distribuidor final, efectúa cualquier manipulación no autorizada desde la red del distribuidor final hacia algún punto de suministro o bien se beneficia de energía eléctrica a través de la manipulación ilegal de la red, será sancionado con prisión de cinco a ocho años y multa de Q5 mil a Q10 mil, sin perjuicio de la responsabilidad civil y administrativa que corresponda.

El artículo 4 añade el artículo 249 Quater que indica que el cobro ilegal de energía eléctrica, quien cobre o recaude sumas de dinero derivado del suministro de energía eléctrica, sin estar autorizado por el Distribuidor Final, de cuya red provenga el suministro, será sancionado con prisión de cinco a ocho años y multa de Q10 mil a Q50 mil, sin perjuicio de la responsabilidad civil que corresponda.

CODECA MANIFESTÓ POR INCLUSIÓN DE PARTIDO

A pocos meses de que se celebren las elecciones generales, en dos ocasiones, miembros del Codeca bloquearon varias carreteras principales del país, ante el rechazo del Tribunal Supremo Electoral (TSE) de inscribir al binomio presidencial del partido político Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP), de Thelma Cabrera y Jordán Rodas.

Cabe mencionar que el Registro de Ciudadanos del TSE, el pasado 28 de enero, decidió no inscribir al binomio del MLP, ya que argumentó que el finiquito presentado por el candidato a vicepresidente cuenta con “cargos jurídicos y denuncias”, lo cual constituye un impedimento para ejercer cargos públicos.

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