DGAC confirmó que los pasajeros podrán ser recibidos y viajar desde el Aeropuerto Internacional La Aurora en el toque de queda. Foto: La Hora/DGAC

Este viernes 3 de septiembre fue publicado en el Diario Oficial el decreto gubernativo 8-2021, así como las disposiciones presidenciales para un nuevo Estado de Calamidad. A pesar de establecer una restricción de movilidad desde las 20:00 horas a las 4:00 del siguiente día, el director de Aeronáutica Civil, Francis Argueta informó que los vuelos programados en ese horario podrán continuar.

Desde su cuenta de Twitter el titular de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) confirmó que los pasajeros podrán ser recibidos y viajar desde el Aeropuerto Internacional La Aurora en el toque de queda. “Los vuelos programados en horario de toque de queda, CONTINÚAN en su programación normal desde y hacia el Aeropuerto La Aurora”, declaró Argueta.

SALVOCONDUCTO PARA PASAJEROS

Las disposiciones presidenciales del decreto 8-2021 consignan que “la autoridad aeroportuaria deberá establecer los procedimientos y avisos necesarios para facilitar el transporte aéreo de carga y pasajeros, y en este último, organizar los salvoconductos necesarios, así como las comunicaciones con empresas o administradores de aerolíneas”.


En la misma publicación de Twitter el director de Aeronáutica Civil compartió un enlace para poder solicitar el salvoconducto. “Estará disponible la plataforma web www.salvoconductoaeropuerto.com para solicitar el salvoconducto del pasajero y conductor hacia o desde el aeropuerto”, indicó Argueta.

Esta plataforma permitirá a los usuarios solicitar el permiso a través de un código QR (Quick Response). La persona recibirá este código en su correo electrónico y deberá portarlo de manera digital o impresa para la verificación de los agentes de la Policía Nacional Civil (PNC).

A LA ESPERA DE RESPUESTA DE ARGUETA

Se consultó directamente con el titular de la DGAC sobre cómo evitarán inconvenientes con el QR o se permitirá el paso por parte de la PNC en caso presente fallas, sin embargo, al cierre de esta nota no se obtuvo una respuesta.


CONTINÚAN SERVICIOS EN AEROPORTUARIAS

La sección cuarta de las disposiciones presidenciales enlista las actividades que por su naturaleza deben continuar con sus dinámicas regulares, entre estas las portuarias y aeroportuarias.

“El Sistema Portuario Nacional y Aeroportuario y las entidades y sistemas de protección y seguridad portuaria y aeroportuaria, incluyendo los usuarios y entidades que prestan servicios directos o indirectos relacionados a estas actividades”, detalla el documento oficial.

RESTRICCIÓN DE MOVILIDAD

El Estado de Calamidad contempla un toque de queda para la población en general de 20:00 horas de un día hasta las 4:00 horas del siguiente, exceptuando sectores como salud, periodistas identificados, abogados, diplomáticos, entre otros.


Por otro lado, se restringirá la movilización de vehículos pesados y especiales o de carga pesada en los municipios de Mixco, Villa Nueva y Guatemala de 5:00 a 9:00 horas y de 16:30 a 20:00 horas de lunes a viernes “sin excepción alguna.

Estas, al igual que el resto de las disposiciones cobrarán vigencia el sábado 4 de septiembre del 2021.

*Nota modificada a las 10:05 horas para corregir la fecha del 3 de agosto a 3 de septiembre cuando se emitió el Estado de Calamidad

Jeanelly Vásquez
Periodista profesional de la USAC, actualmente cursando la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación. Becaria en International Women’s Media Foundation (IWMF). Elabora piezas de investigación y profundidad, enfocadas en el gasto público, derechos humanos y la política guatemalteca. Tiene experiencia en producción de podcast y contenido en redes sociales; ha cubierto la fuente volante y el Organismo Ejecutivo. Twitter: @jeanellydvg
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