Por Redacción La Hora
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El pasado 22 de julio, la Comisión Específica de Asuntos Electorales del Congreso envió el dictamen de la iniciativa de ley 4974 a la Dirección Legislativa del Congreso. Sin embargo, entidades que colaboraron en las propuestas para las reformas a la Ley Electoral y Partidos Políticos (LEPP) señalan que el dictamen del Congreso sobre la iniciativa presentada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) cambió puntos medulares de la misma.

Sobre el voto nulo, la iniciativa de propuestas del TSE y el dictamen del Congreso señalan que si estos fueran más de la mitad de los votos válidamente emitidos, el Tribunal acordará y declarará en única instancia la nulidad de las elecciones.

En el dictamen del Congreso el número de diputados no cambia y el número de legisladores se mantiene con 128 y 32 electos por el sistema de lista nacional, que constituyen el 25 % del número total de diputados distritales que integran el Congreso.

Sobre la reelección, la propuesta del TSE señala que los diputados únicamente podrán ser reelectos por un período mientras que el dictamen de Congreso permite que después de un período, diputados y alcaldes puedan volver a postularse.

En cuanto al financiamiento tanto de la propuesta del TSE como del Congreso se prohíbe a los partidos recibir contribuciones de Estados o personas jurídicas extranjeras, personas que hayan sido condenadas por algún delito, personas cuyos bienes hayan sufrido procesos de extinción de dominio y fundaciones y asociaciones de carácter civil con carácter apolítico y no partidario.
Diputados de la Comisión dejaron una interpretación más amplia de este artículo.

En cuanto al transfuguismo, se prohíbe a las organizaciones políticas y a los bloques legislativos del Congreso recibir o incorporar a diputados que hayan sido electos por otra organización política, pero se adiciona que la prohibición será aplicable por tres años a partir de realizada la elección general, lo que no está en la propuesta del TSE.

Sobre la distribución equitativa de espacios y tiempos en los medios de comunicación, el Tribunal dispuso que para el efecto formulará el plan de distribución de espacios y tiempo, para lo cual se observarán ciertas disposiciones reglamentarias.

El dictamen del Congreso señala que se formulará el plan de distribución igualitaria de espacios y tiempos diferenciando entre presidencia, diputaciones y corporaciones municipales.

Entre las prohibiciones figuran que los partidos políticos y candidatos a cargos de elección popular, en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o terceras personas, tiempos y espacios en cualquier modalidad en los medios de comunicación a los que se refiera el artículo 220 de la ley.

Entre los aspectos positivos se encuentran que los guatemaltecos residentes en el Extranjero pueden votar para elegir al presidente y vicepresidente, así como después de cada proceso de elección se deberá realizar una revisión de la Ley electoral para adecuarla a necesidades y evolución.

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