El Tribunal Supremo Electoral (TSE) modificó el procedimiento que utilizará para adquirir bienes, suministros y contratar servicios relacionados con las elecciones de 2027, con el objetivo de agilizar los procesos de compra y evitar que los plazos de las modalidades ordinarias de contratación afecten la organización del proceso electoral.
El Acuerdo 302-2026, emitido el 18 de agosto, cambia el procedimiento de adquisición por modalidad de excepción que el TSE había aprobado en julio para las compras vinculadas con el proceso electoral del próximo año.
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La institución argumenta que, derivado de los comicios, se requiere atender distintas necesidades de manera oportuna y que los plazos establecidos para los procedimientos ordinarios de cotización y licitación en Guatecompras no resultan idóneos para responder a los tiempos que demanda la organización electoral.
Por ello, el TSE recurrirá a la modalidad de excepción contemplada en el artículo 44, literal f), de la Ley de Contrataciones del Estado, que permite adquirir bienes, suministros y contratar servicios bajo este mecanismo durante los ejercicios fiscales en los que se desarrollen procesos electorales o consultas populares.
MENOR TIEMPO DE COMPRA
Con este procedimiento, el TSE pretende establecer una ruta administrativa específica para las adquisiciones electorales, con menos dependencia de los tiempos que implican los procesos ordinarios.
La institución recibirá las requisiciones de las diferentes dependencias, junto con los documentos técnicos, legales y financieros correspondientes. Una vez revisada la solicitud, el Departamento de Compras y Contrataciones podrá iniciar el trámite y generar el Número de Operación Guatecompras (NOG) para la recepción de ofertas.
Las propuestas serán revisadas por una Junta Receptora de Ofertas, que verificará el cumplimiento de los requisitos y dejará constancia de la evaluación. Posteriormente, el presidente del Tribunal o el Pleno de Magistrados, según corresponda, aprobará la adquisición.
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El mecanismo también contempla la posibilidad de contar con Juntas Receptoras de Ofertas y Comisiones Receptoras y Liquidadoras de carácter permanente, una medida que el TSE plantea como parte de la agilización de su gestión administrativa durante los procesos electorales.
Además, se sostiene que la modalidad busca responder a una característica particular de las elecciones: las compras deben realizarse dentro de plazos determinados por el calendario y la organización del proceso electoral.
Por esa razón, el Tribunal considera que esperar los tiempos de una cotización o licitación ordinaria podría dificultar que determinados bienes o servicios estén disponibles cuando sean requeridos.
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El procedimiento, sin embargo, establece que la utilización de la excepción no elimina completamente los controles. Las adquisiciones deberán contar con documentación de respaldo, disponibilidad presupuestaria y dictámenes técnico, legal y financiero. Además, las ofertas continuarán siendo recibidas y publicadas mediante Guatecompras.
El TSE señala que, pese a la búsqueda de mayor rapidez, las adquisiciones deberán realizarse bajo los principios de transparencia, eficiencia, eficacia y calidad del gasto público.








