La Contraloría General de Cuentas, dirigida por Edwin Salazar emitió la nueva disposición. Foto La Hora/Emisoras Unidas

La declaración jurada patrimonial de funcionarios y empleados públicos podrá ser presentada a través de un sistema informático según la publicación del acuerdo A-039-2022 de la Contraloría General de Cuentas (CGC). Sin embargo, el contenido continuará siendo confidencial, con lo cual los guatemaltecos no podrán conocer los bienes de quienes ocupen cargos públicos.

El nuevo sistema será manejado por la Dirección de Probidad mediante el Departamento de Declaración Jurada Patrimonial de la CGC, según la publicación en el Diario de Centro América.

Consultada la CGC si al cambiar el modelo de presentar la declaración de los funcionarios dejaría de ser secreta, la respuesta fue “seguirá siendo confidencial, pero las personas tendrán acceso a poder hacerlo en línea”.

ACCESO Y COSTOS DEL FORMULARIO

El sistema para la presentación de la declaración jurada patrimonial estará disponible en el portal web de la CGC. Para ingresar, los sujetos obligados deberán utilizar el usuario y contraseña proporcionada al actualizar su información personal ante la Contraloría.

En sentido de lo anterior, antes de acceder al portal, los funcionarios y empleados públicos deberán asegurarse de que sus datos estén actualizados.

El formulario proporcionado en la plataforma tendrá un costo de Q20.00. La declaración jurada patrimonial presentada por la vía electrónica tendrá los mismos efectos que el documento físico, según detalla el sexto artículo del acuerdo. Asimismo, la firma consignada en la declaración será producida por un mecanismo de creación de firma, proveído por la CGC y tendrá el mismo valor jurídico que una firma manuscrita.

GARANTÍAS Y CASOS NO PREVISTOS

Según el octavo artículo, la CGC monitoreará el cumplimiento de los requisitos en declaraciones presentadas por esta vía. Los resultados de la validación serán comunicados a los declarantes y, de existir exactitud con los datos consignados, el declarante deberá subsanarlos conforme los procedimientos establecidos por la Dirección de Probidad.

“La Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación implementará tecnología criptográfica que garantice su seguridad”, agrega el acuerdo.

A su vez, los casos no previstos o dudas derivadas de la aplicación e interpretación serán resueltas por el Subcontralor de Probidad.

ERROR EN EL ACUERDO

En el documento publicado esta mañana en el Diario Oficial se observa la repetición del Artículo 5. Se consultó a la Contraloría si el error sería corregido, pero no se obtuvo respuesta.

De cualquier modo, la pequeña inexactitud no pasó desapercibida por los usuarios guatemaltecos, como Julio Prado quien expuso en Twitter: “Hoy se publica el acuerdo A-039-2022 de la Contraloría General de Cuentas que por fin vuelve electrónica la declaración jurada patrimonial de los empleados públicos. Tiene un error: publicaron dos veces el artículo 5 y así querían que uno no se equivocara en sus formularios”.

QUÉ ES LA DECLARACIÓN PATRIMONIAL

El objeto del Decreto 89-2002 Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos es crear normas y procedimientos para transparentar el ejercicio de la administración pública y asegurar la observancia estricta de los preceptos constitucionales y legales en el ejercicio de las funciones públicas estatales, evitar el desvío de los recursos, bienes, fondos y valores públicos en perjuicio de los intereses del Estado.

Consiste en la declaración de bienes, derechos y obligaciones que bajo juramento deben presentar los funcionarios y empleados públicos ante la CGC, como requisito para el ejercicio del cargo o empleo; y, al cesar en el mismo.

En relación al patrimonio debe contener la información siguiente:

– Activos: Detalle de bienes y derechos del Declarante, su cónyuge e hijos dependientes, respaldados con documentos legales.
– Pasivos: Detalle de obligaciones del Declarante, su cónyuge e hijos dependientes.
El plazo para la presentación son 30 días hábiles a partir de la fecha de toma de posesión y 30 días a partir de la fecha de entrega del cargo. (Artículo 22 de la Ley).

 

Jeanelly Vásquez
Periodista profesional de la USAC, actualmente cursando la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación. Becaria en International Women’s Media Foundation (IWMF). Elabora piezas de investigación y profundidad, enfocadas en el gasto público, derechos humanos y la política guatemalteca. Tiene experiencia en producción de podcast y contenido en redes sociales; ha cubierto la fuente volante y el Organismo Ejecutivo. Twitter: @jeanellydvg
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