La Ley Electoral y de Partidos Políticos, establece que uno de los requisitos para la inscripción de candidatos a elección popular es el original de la constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargo emitida por la Contraloría General de Cuentas (CGC). Diseño: La Hora

La Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), establece que uno de los requisitos para la inscripción de candidatos a elección popular es el original de la constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargo emitida por la Contraloría General de Cuentas (CGC), el cual deben cumplir únicamente aquellos que han manejado fondos públicos. De este documento depende que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) los acredite.

Sin embargo, al menos tres alcaldes municipales que fueron denunciados por la Contraloría por mal manejo de recursos del Estado, derivado de las auditorías realizadas en 2022, lograron obtener dicha certificación, y posteriormente la acreditación del Tribunal Electoral para competir en las Elecciones Generales 2023, por lo que podrán buscar su reelección o continuar en las alcaldías, tal como el caso del jefe edil de Malacatán, San Marcos, quien se postula con el partido oficial VAMOS.

 

En contraste, la referida certificación, también conocida coloquialmente como finiquito, fue la causa por la que el ente electoral resolvió no inscribir al exprocurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas, como candidato a la vicepresidencia de la República por el partido Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP), dejándolo fuera de las elecciones presidenciales, junto con Thelma Cabrera, quien se postularía a candidata a la Presidencia de la República.

LOS TRES CASOS DE ALCALDES DENUNCIADOS POR LA CONTRALORÍA QUE ESTÁN INSCRITOS POR EL TSE

La Contraloría General de Cuentas, a cargo del Contralor Frank Bode, presentó el 26 de mayo su informe anual de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado 2022, en el cual se detallan hallazgos a entidades del Estado, así como a municipalidades, por los cuales se presentaron 50 denuncias penales ante el Ministerio Público (MP) por Q506 millones 912 mil 848.56.

En consecuencia, la CGC registró 19 entidades denunciadas, entre ellas se encuentran municipalidades.

En el caso de las comunas, la Contraloría denunció ante el MP a alcaldes, algunos de ellos buscan su reelección. Siendo estos los casos:

Municipalidad Génova, Quetzaltenango; alcaldesa, Silvia Antonieta Robles Marroquín, denunciada por el manejo de Q310,000.00. No obstante, el ente electoral la inscribió como candidata a concejal titular I con el partido Victoria.

Municipalidad de Malacatán, San Marcos; alcalde, Emilio Obdulio Gálvez Pérez, denunciado por el manejo de Q3,299,982.50. Pese a ello, el Tribunal Electoral lo acreditó para que pueda competir por su reelección con el partido VAMOS.

Municipalidad San Rafael Pie de la Cuesta, San Marcos; alcalde, Carlos Alfonso Mazariegos Ramírez, denunciado por el manejo de Q877,948.17. Sin embargo, se encuentra inscrito por el TSE para buscar su reelección con el partido Nosotros.

 

A pesar de esos reparos, la Contraloría extendió el finiquito a dichos funcionarios, quienes están denunciados ante el MP, con el cual lograron que el TSE les acreditara sus candidaturas.

ESTRATEGIA DE VAMOS: COPAR ALCALDÍAS

En agosto de 2022, La Hora publicó la investigación periodística titulada: “Estrategia de VAMOS: copar 200 alcaldes para llegar a 1 millón de votos”, en la que se explicó, de acuerdo con distintas fuentes, que las actividades de afiliación formaban parte de la estrategia del oficialismo, cuyo propósito era inscribir a más de 200 alcaldes en funciones al partido.

La consigna es que cada uno sea responsable de aportar una cuota promedio de 5 mil votos, para así alcanzar, mínimo, un millón de sufragios en las papeletas para el binomio presidencial y en la de diputados por listado nacional, explica una primera fuente que pide no ser citada”, se reportó.

El reto del millón de votos obedece a la dinámica del pasado reciente, que con esa cifra se puede pasar a segunda vuelta”, se consignó.

 

EN CONTRASTE: JORDÁN RODAS NO CORRIÓ CON LA MISMA SUERTE

El Tribunal Supremo Electoral decidió no inscribir a Rodas porque el finiquito que presentó no tenía validez, puesto que la Contraloría describió que tiene cargos jurídicos y denuncia, por auditorías 2022, según se puede leer en el oficio de la institución electoral.

“(…) Siendo la Constancia Transitoria de Inexistencia de Reclamación de Cargos extendida por la Contraloría General de Cuentas, uno de los requisitos ‘sine qua non’ para la inscripción de candidatos, establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala y de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, y que, si bien es cierto, dentro de la documentación presentada por la organización política, relacionada con el ciudadano Augusto Jordán Rodas Andrade, propuesto como candidato al cargo de Vicepresidente de la República de Guatemala, se pudo constatar que se adjuntó dicho documento, también lo es que, el veintisiete de enero de dos mil veintitrés, en cumplimiento a las normas acotadas anteriormente y a lo instruido mediante la circular antes relacionada, se ingresó al portal web de la Contraloría General de donde se pudo establecer que el referido documento, a la presente fecha, no cuenta con validez, ya que en el apartado «Descripción aparece con cargos jurídicos y denuncia, lo cual constituye impedimento para poder optar a un cargo público; por tal razón, no es factible acceder a lo solicitado«, dice parte de la resolución del Tribunal Electoral.

 

ROSAL: ESA CONSTANCIA SE HA UTILIZADO PARA FAVORES POLÍTICOS

Por esta situación, el politólogo, Renzo Rosal señaló que lamentablemente este documento se ha utilizado en las últimas tres elecciones como un instrumento de intercambio de favores, de intercambio político y sujeto de transacción.

Asimismo, detalló que en algunos casos se ha dado que es un instrumento que la Contraloría de Cuentas no tiene control interno sobre el mismo, y tampoco control de cuando los candidatos han logrado ser acreditados por el TSE por medio de acciones en las Cortes.

La Contraloría perdió hace tiempos la capacidad de manejar este instrumento con seriedad, con imparcialidad. Se otorga a unos que no deberían de obtenerlo y se les niega a otros”, añadió Rosal.

Además, el consultor explicó que dicha constancia se ha tergiversado, se desnaturalizó, y a pesar de eso se sigue usando a discreción de candidatos, y se ha acomodado de acuerdo al cliente.

politólogo
El politólogo, Renzo Rosal Foto: La Hora / Archivo
HIDALGO: SON SIGNOS DE FALTA DE INDEPENDENCIA INSTITUCIONAL

A criterio del director del Instituto Centroamericano de Estudios Políticos (Incep), Rubén Hidalgo, este caso está dando signos de falta de independencia institucional de las entidades.

Pareciera que no están trabajando para el cumplimiento de su competencia, sino están más interesados en responder o atender los requerimientos de algún sector del país”, enfatizó el entrevistado.

En este caso, pareciera que había un interés especial en que Jordán Rodas no participara y se generaran las alianzas, los apoyos y los acuerdos para bloquear su participación”, añadió Hidalgo.

El caso de Rodas deja en el ambiente un sentimiento de que la decisión no fue equitativa, finalizó Hidalgo.

El director del Instituto Centroamericano de Estudios Políticos (Incep).
El director del Instituto Centroamericano de Estudios Políticos (Incep), Rubén Hidalgo. Foto: La Hora / Incep
¿QUÉ ES EL FINIQUITO?

La Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos regula esta certificación.

El finiquito a favor de las personas indicadas en el artículo 4 de esta Ley, como consecuencia de haber cesado en su cargo, no podrá extenderse sino solamente después de haber transcurrido el plazo señalado en la ley para la prescripción”, dice.

Para que una persona pueda optar a un nuevo cargo público sin que se haya transcurrido el plazo de la prescripción, bastará con que presente constancia extendida por la Contraloría General de Cuentas de que no tiene reclamación o juicio pendiente como consecuencia del cargo o cargos desempeñados anteriormente”, agrega.

Recibida la solicitud de finiquito, este se extenderá dentro de los quince días siguientes, sin costo alguno”, indica.

Hedy Quino Tzoc
Periodista profesional, con 12 años de experiencia en medios de comunicación, radio, prensa escrita y digital. Especializada en temas políticos, legislativos y electorales. “En mi vida prevalece Dios, mi familia y la justicia”.
Artículo anteriorMedicamentos IGSS: abogados coinciden en que JD debe revisar contrato
Artículo siguienteMulet sobre Porras: la idea es darle las gracias porque no hay confianza