Los magistrados de la Sala Segunda de Apelaciones del Ramo Penal decidieron aceptar una apelación presentada por los vinculados en el caso denominado “Patrulla 1”. Foto: La Hora / Archivo

Los magistrados de la Sala Segunda de Apelaciones del Ramo Penal decidieron aceptar una apelación presentada por los vinculados en el caso denominado “Patrulla 1”, con lo cual ordenaron que el Tribunal Octavo de Sentencia Penal conozca de nuevo el proceso en contra de doce personas.

Los magistrados Gustavo Adolfo Dubón Gálvez, Ronaldo Isaías Chávez Pérez y Eduardo Galván Casasola aceptaron la apelación interpuesta por los sindicados Héctor Florentino Rodríguez Heredia, exsubdirector general de Apoyo y Logística de la Policía Nacional Civil (PNC) y Otto Aníbal Escalante Miranda Pérez, exjefe del Departamento de Infraestructura de la entidad policial.

De esta cuenta, la Sala decidió anular la sentencia dictada por el Tribunal Séptimo de Sentencia Penal en la que los doce vinculados en el caso fueron condenados a penas de prisión de hasta 26 años.

Esta es la misma sala que conoció la apelación de Virginia Laparra, exjefa de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) en Quetzaltenango, a quien rechazó una apelación y confirmó la sentencia condenatoria, por abuso de autoridad, cometido durante el proceso de este caso.

ESTO ALEGARON

De acuerdo Rodríguez Heredia, durante el proceso penal en su contra, el Tribunal aceptó la admisión de un colaborador eficaz, Elden Leonel Cabrera Chan, pese a que ya había estado presente durante todo el debate.

Según el pronunciamiento del exsubdirector de Apoyo y Logística de la PNC, el Ministerio Público (MP) indicó el testimonio del colaborador eficaz, aduciendo que se trataba de una nueva prueba, cuando no cumplía con la calidad de “novedosa”.

El sindicado alegó que el colaborador eficaz copió la declaración de otro sindicado, quien ya había rendido su testimonio. “Además, también hizo referencia a que, al haber estado presente durante todo el diligenciamiento de prueba, su testimonio se había viciado”, sostuvo.

A su vez, Miranda Pérez sostuvo que la sentencia no cumplió con las reglas previstas para su redacción, debido a que el tribunal no plasmó en el apartado cuáles eran los hechos contenidos en la plataforma fáctica de la acusación por acreditados, ya que se limitó a indicar que “eran los mismos contenidos en la acusación”.

ESTO ARGUMENTÓ LA SALA

Bajo esta misma línea, la Sala Segunda argumentó que consideraba que existieron las violaciones señaladas y denunciadas por los sindicados, puesto que, la sentencia no fue dictaminada conforme a derecho y con los requisitos formales de validez.

“Determinándose que se aplicaron incorrectamente las reglas de la sana crítica razonada en la valoración de las pruebas, tales como la lógica, la coherencia y la regla de la derivación, la experiencia, la psicología y el sentido común en la valoración de los medios de prueba aportados al debate”, expuso.

De acuerdo a la judicatura, no hubo razones suficientes para condenar por delitos de asociación ilícita y fraude imputados en contra de Rodríguez Heredia y Escalante Miranda, ´por el simple hecho de que era creíble la declaración testimonial de Cabrera Chan, como colaborador eficaz.

La Sala indicó que al confrontar la prueba testimonial en el debate se reveló que el Tribunal Séptimo incurrió en una falta de fundamentación, ya que dimitió razonar sobre cada testimonio producido, pues en el caso de Cabrera Chan estuvo en el debate en calidad de sindicado.

Por ello, destacó que los artículos 89 y 377 del Código Procesal Penal enfatizan en que los testigos no podrán ser informados de lo que ocurra en el debate, y que la prueba presentada, en este caso como colaborador eficaz, no era novedosa.

NUEVO JUICIO

De tal cuenta, la Sala ordenó que el Tribunal Octavo de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Guatemala conozca, sin “los vicios”, el caso contra los doce condenados en febrero de 2019.

Estas fueron las personas y sus condenas:

Héctor Florentino Rodríguez Heredia, exsubdirector de la Dirección General de Apoyo y Logística de la PNC: por fraude y asociación ilícita, 26 años y ocho meses de cárcel.

Elden Leonel Cabrera Chan: ocho años y cuatro meses de cárcel y una multa de Q33.6 millones.

Otto Aníbal Escalante Miranda, exjefe del Departamento de Infraestructura de la PNC: por fraude y asociación ilícita: 18 años y nueve meses de prisión.

Mario de Jesús Ovando López, actual jefe del Departamento de Material Móvil de la PNC: por fraude y asociación ilícita: 18 años y nueve meses de prisión.

Dirk William Zea Muñoz, exjefe del Departamento de Material Móvil de la PNC: 18 años y 9 meses de prisión.

 

Bairon Regalado Ruiz, por fraude y asociación ilícita: 15 años de prisión.

Cleotilde Elvia Cabrera Chan: por fraude y asociación ilícita: 12 años y ocho meses de prisión.

Aura Yaneth Chic Alvarado, fraude y asociación ilícita: 12 años y ocho meses de prisión.

Fredy Arnoldo García Sica: fraude y asociación ilícita: 12 años y ocho meses de prisión.

Gaby Francineth Regalado España: por asociación ilícita: seis años de prisión

Juan Carlos Oliveros Bethancourt, exasesor legal de la PNC: por asociación ilícita: siete años de prisión.

Audrey Fabiola Gutiérrez Letona de Cabrera: por testaferrato, seis años de prisión.

EL CASO

En junio de 2015, el ente investigador y la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) revelaron el caso “Patrullas 1”, en el cual se determinó la vinculación de una estructura criminal que desvió Q12 millones de quetzales, los cuales iban a ser utilizados para servicios para las autopatrullas de la PNC.

SALA TAMBIÉN CONFIRMÓ SENTENCIA DE LAPARRA

Asimismo, los magistrados de la Sala Segunda de Apelaciones del Ramo Penal rechazaron el pasado 9 de mayo una apelación presentada por la exjefa de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) de Quetzaltenango, Virginia Laparra, con la que buscaba anular la sentencia condenatoria del Tribunal Octavo de Sentencia Penal.

Con ello, la Sala confirmó la sentencia contra Laparra de diciembre de 2022, con la cual declaró culpable a la exjefa de la FECI del delito de abuso de autoridad e impuso cuatro años de prisión conmutables.

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