A partir del pasado 27 de mayo se oficializó el reglamento para la emisión del Documento Personal de Identificación a Menores de Edad (DPIME). Foto La Hora: Renap

A partir del pasado 27 de mayo se oficializó el reglamento para la emisión del Documento Personal de Identificación a Menores de Edad (DPIME) el cual será extendido por el Registro Nacional de las Personas (Renap) a todos los guatemaltecos que lo requieran y cumplan con los requisitos.

La Hora te explica las características que este tendrá, los costos, y el proceso para obtenerlo tanto en Guatemala como en el extranjero, basado en el acuerdo de directorio número 36-2023 publicado en el Diario de Centro América.

Cabe destacar que el Renap determinó que el DPIME es el documento que deberá utilizarse para todos los actos en los cuales los menores de edad deben identificarse.

REQUISITO GENERAL PARA TRAMITAR DPIME

De acuerdo al artículo 12, en toda solicitud de emisión del DPIME el menor de edad deberá estar acompañado del padre, la madre o quien ejerza su representación legal o del compareciente.

Los anteriores deberán presentar su DPI o documento de identificación que corresponda para continuar con la tramitación del documento. En el caso del compareciente, deberá presentar declaración jurada administrativa.

El primer DPIME es gratuito. La renovación y reposición tendrá el costo que el Directorio fije en el Acuerdo respectivo, señala el artículo 10.

 

LOS TIPOS DE DPIME

Dos son los tipos de DPIME que el Renap emitirá conforme los rangos de edad, los mismos serán diferenciados por colores, según el artículo 6.

– De cero a siete (0 a 7) años, color dorado.

– De ocho a diecisiete (8 a 17) años, color plateado.

 

ENTREGA DEL DOCUMENTO

La entrega del DPIME se debe realizar de la forma siguiente, según el artículo 15, en la República de Guatemala y las oficinas consulares del extranjero:

1) Al menor de edad, acompañado del padre, la madre o quien ejerza la representación legal del menor de edad o del respectivo mandatario, debiendo acreditar la calidad con que actúan respectivamente;

2) Al padre, la madre a quien ejerza la representación legal del menor de edad o el mandatario, sin comparecencia del menor de edad;

3) A un tercero, con la autorización del padre, la madre o quien ejerza la representación legal del menor de edad o el mandatario, de conformidad con lo establecido en el Manual correspondiente:

En la República de Guatemala, la entrega se hará en la sede del Renap, cualquier oficina del Renap o en el lugar que en la solicitud se designe. En el extranjero, en las respectivas oficinas consulares. En ambos casos se aplicará el Manual respectivo.

¿QUÉ VIGENCIA TENDRÁ?

La vigencia del DPIME se basará en la edad de los ciudadanos guatemaltecos que se dividirá en dos:

Para los menores de edad comprendidos dentro de los 0 a 7 años, vencerá un día antes de cumplirse 8 años de edad.

En cuanto a los menores de edad comprendidos dentro de los 8 a 17 años, vencerá un día antes de cumplirse 18 años de edad.

DATOS INTERESANTES QUE CONTENDRÁ

En el artículo 8 se establece el contenido que tendrá el DPIME en el cual se registran los datos más importantes como el nombre completo, el Código Único de Identificación -CUI- asignado al menor de edad y características físicas a detalle como color de tez, ojos, cabello, estatura, lunares, entre otros.

Sin embargo, el DPIME se le consignará en el documento impreso un Código QR en donde se encontrará almacenada información importante como los detalles antes mencionados y otros, entre estos:

– La residencia del titular, quedará registrada únicamente en el medio de almacenamiento de información:

– La residencia del titular, quedará registrada únicamente en el medio de almacenamiento de información.

– Patrón de las huellas dactilares de ambas manos, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del presente reglamento.

– Fotografía del padre y/o la madre, o quien ejerza la representación legal del menor de edad, cuando conste en los sistemas del Renap, según corresponda.

– Patrón de huellas dactilares del padre y/o la madre o quien ejerza la representación legal del menor de edad, cuando consten en los sistemas del Renap.

 

 

Diego España
Me intereso en temas políticos, sectores vulnerables y de justicia. Narro historias de ciudadanos de a pie. Considero que las disidencias nos hacen ver y cuestionar la realidad haciéndonos más humanos. Comprometido con la memoria histórica y en informar verazmente.
Artículo anteriorEE. UU. evita el riesgo de default, gastos sociales pudieron ser afectados
Artículo siguienteTránsito PNC: un 42% de las multas impuestas fueron para motoristas