Corte Suprema de Justicia
Los magistrados electos en noviembre por el Congreso deben concluir el período de la anterior Corte y entregar el cargo en octubre de 2024. Foto: Corte Suprema de Justicia

Para el año 2024 se espera el cambio de las autoridades en entidades del sector de justicia. De esa cuenta, se tiene programada la renovación en el Instituto de la Defensa Pública Penal (IDPP), así como en la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y Corte de Apelaciones.

Esto implica la instalación de tres procesos de selección, dos normados por la Ley de Comisiones de Postulación y uno por la Ley del Servicio Público de Defensa Penal.

Una de las características comunes en los tres procesos está la que se relaciona con el período por el cual serán electas las autoridades de las referidas instituciones. Los magistrados de la CSJ y de las Salas de Apelaciones, como del IDPP ejercerán sus funciones en el período 2024-2029, es decir, 5 años.

PROCESOS

El director del IDPP deberá ser elegido por el Congreso de la República, de una terna que le será presentada por el Consejo de esa institución, el cual se constituirá como Comisión de Postulación para tales efectos.

Para establecer a la autoridad del Instituto, el pleno de diputados deberá votar por cada uno de los tres candidatos. La selección finalizará cuando alguno obtenga el voto favorable de la mitad más uno del total de congresistas.

Esta misma fórmula es aplicada para elegir a los magistrados de la CSJ y Corte de Apelaciones, debido a que el mínimo de votos favorables que deberá recibir un candidato es el de 81 diputados.

Pero antes de ese paso, las respectivas comisiones de postulación deberán establecer un listado de 26 candidatos para la CSJ y 270 para las Salas de Apelaciones, cuyos listados serán trasladados al Congreso.

CONVOCATORIA

En los tres procesos, la convocatoria tendrá que ser realizada por el Congreso de la República con cuatro meses de anticipación a que termine el plazo para el que constitucional o legalmente fueron electas las actuales autoridades.

En el caso de la CSJ y Salas de Apelaciones, el llamado a integrar las respectivas postuladoras deberá ser, a más tardar, en la segunda semana de junio de 2024.

En tanto, para la elección de la terna de candidatos a director del IDPP, esta deberá quedar conformada con dos meses de anticipación a que concluya el período de quien esté fungiendo en el cargo.

INTEGRACIÓN 

Según lo estipulado en el artículo 215 de la Constitución Política de la República de Guatemala, la Comisión de Postulación para la Elección de candidatos a CSJ está integrada por un representante de los rectores de las Universidades del país, quien la preside.

También la conforman los decanos de las facultades de Derecho o Ciencias Jurídicas de cada casa de estudios superiores del país, un número equivalente de representantes electos por la Asamblea General del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG) y por igual número de representantes electos por los magistrados titulares de la Corte de Apelaciones y demás tribunales de igual categoría.

En tanto que el artículo 217 de Carta Magna establece que la Comisión de Postulación para la Elección de candidatos a Magistrados de la Corte de Apelaciones y demás tribunales de igual categoría está integrada por un representante de los rectores de las Universidades del país, quien la preside.

Así como por los decanos de las facultades de Derecho o Ciencias Jurídicas de cada universidad, un número equivalente de representantes electos por la Asamblea General del CANG, y por una cifra igual de representantes electos por los magistrados de la CSJ.

RECTORES

A excepción del Consejo del IDPP, las Comisiones de Postulación para CSJ y Corte de Apelaciones son presididas por los representantes de los Rectores de las universidades del país.

IDPP
Frontispicio del Instituto de la Defensa Pública Penal. Foto: Redes sociales.
REPRESENTACIÓN GREMIAL

Tanto para la Comisión de Postulación de CSJ como para la de Corte de Apelaciones, el CANG, de acuerdo con el artículo 6 y 7 de su Reglamento de Elecciones, convoca a elegir en Asamblea General a sus representantes por cada cuerpo colegiado.

Estos son electos por el método proporcional de minorías, según el párrafo tercero del artículo 4 de la Ley de Comisiones de Postulación.

Mientras que, en el caso de los defensores públicos, estos, en Asamblea, designan a quien los representará ante el Consejo de la institución.

REPRESENTANTES DE CORTE DE APELACIONES y CSJ

Para la Comisión de Postulación para CSJ, los magistrados titulares de Corte de Apelaciones y otros Tribunales de igual categoría elegirán a sus representantes en Asamblea.

Previo a esto, se debe establecer a la Junta Electoral que funcionará de manera temporal, la cual encabezará el proceso.

Este órgano se designará a través de la presentación de planillas, también aplicando el método proporcional de minorías.

Mientras que 12 magistrados de la CSJ serán representantes de esta ante la Comisión de Postulación para Corte de Apelaciones.

 

Para estar informado del resumen noticioso, únete a nuestro canal de WhatsApp:

WHATSAPP

 

Cristobal Véliz
Periodista de vocación. Amante de las leyes y del Estado de derecho. Experiencia de más de 10 años en la cobertura de los procesos de postulación y nombramientos de funcionarios públicos.
Artículo anteriorLa fecha de la Navidad (Parte 1)
Artículo siguienteVolcán de Fuego da la bienvenida al 2024 con fuerte explosión