El pasado jueves 15 de junio, finalizó el subsidio para el gas propano y los guatemaltecos consumidores de este producto deberán ajustarse a los nuevos precios. Foto: La Hora/José Orozco

Este lunes se publicó en el Diario Oficial el Decreto 5-2023, Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano, que contempla un subsidio para los cilindros de 10, 20, 25 y 35 libras. Según la disposición, este beneficio entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, es decir el martes 7 de marzo.

Subsidio al gas propano: Cuándo entrará en vigencia y cuáles serán los precios

La Hora Economía se contactó con las distribuidoras Z Gas y Tropigas, ambos establecimientos indicaron que los nuevos precios serán publicados cuando les sea proporcionado el reglamento de aplicación del subsidio, es decir que los descuentos podrían tardar entre siete o ocho días en verse reflejados.

Los descuentos del subsidio se aplicarán de la siguiente manera:

10 libras – Q8

20 libras – Q16

25 libras – Q20

35 libras – Q28

 

Considerando los precios de referencia del Ministerio de Energía y Minas (MEM), por cilindro con subsidio se establecerían de la siguiente manera:

20 libras: de Q108 a Q92

25 libras: de Q135 a Q110

35 libras: de Q189 a Q161

 

Q150 MILLONES DE FINANCIAMIENTO

Para financiar el subsidio el Congreso de la República aprobó ampliar el Presupuesto General de Egresos del Estado por Q150 millones, provenientes de recursos de la disminución de caja y bancos de recursos del tesoro.

A excepción del resto de subsidios implementados desde noviembre de 2021, el Decreto 5-2023 incluye un artículo nuevo y una modificación, que permitirá utilizar los recursos no ejecutados en ejercicios fiscales anteriores.

De esa cuenta, se reformó el artículo 129 de la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado 2023 para ampliar el presupuesto por el monto de los saldos pendientes de ejecutarse de los recursos extraordinarios que se asignaron para los Consejos Departamentales de Desarrollo en el Presupuesto 2022.

 

Además, se añadió un artículo nuevo que “faculta al Ministerio de Finanzas Públicas para hacer uso de saldos de caja de ejercicios fiscales anteriores, así como del capital recuperado de los recursos otorgados para el Fondo de Protección de Capitales y del Fondo de Crédito para Capital de Trabajo para atender las asignaciones incluidas y lo aprobado” para la aplicación del subsidio.

VERIFICACIONES

Según el reglamento, el cumplimiento de las obligaciones en la cadena de comercialización por parte de los envasadores de gas propano será fiscalizada por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), mientras que la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco), será la encargada de velar por el traslado del apoyo social al consumidor final.

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