La portuaria dio a conocer que la contratación que realizó no se trata de un arrendamiento sino de un servicio tercerizado. Foto: La Hora / Redes Sociales
POR INVESTIGACIÓN LA HORA

Tras la publicación de La Hora “Empornac: adjudican a empresa representada por Notario de un contrato declarado lesivo”, la portuaria dio a conocer que la contratación que realizó no se trata de un arrendamiento sino de un servicio tercerizado de dos barcos remolcadores, lo cual aseguró tampoco es una concesión.

De acuerdo con el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Guatecompras, el 20 de enero la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla (Empornac) adjudicó la licitación para la “contratación de servicios especializados de remolcaje para atraques, desatraques y movimientos internos de embarcaciones en la Empornac” por un monto de Q170,922,576.38 con la entidad Arrendadora Continental, Sociedad Anónima (S.A.), cuyo representante legal es José Guillermo Castellanos Molina, mismo que fue el notario de un contrato previo declarado como lesivo.

El servicio es por diez años, los cuales podrán ser prorrogables, que podría llegar hasta 20 años, según se describe en las bases de licitación.

EMPORNAC: “SE ESTÁ TERCERIZANDO EL SERVICIO, NO ES UNA CONCESIÓN”

Al respecto, el asesor de gerencia de Empornac, Rodrigo de la Peña, dijo a La Hora que están tercerizando los servicios de remolcaje. “Es un contrato, como todos los que se realizan, sin exclusividad”, aseguró.

De acuerdo con el entrevistado, la portuaria optó por dicho servicio, ya que actualmente cuentan con cuatro remolcadores: uno totalmente inoperativo, adquirido en 1979; otro que se adquirió en 1982, que está en mal estado; y otros dos, comprados en 1998 y 2007, ambos con potencia de 32 Bollard pull, los cuales están en operación.

“Sin embargo, por la eficiencia que nosotros necesitamos, dos de 32 no llegan a los 70 que recomienda la Organización Marítima Internacional, pero se van a seguir utilizando”, añadió.

 

“Se habla mucho que se está arrendando remolcadores, se está privatizando, se está concesionando, ninguna de las tres. Estamos tercerizando los servicios. Por conocimiento propio, en Veracruz, México, el puerto más grande del atlántico en México, está todo tercerizado, al igual que el Puerto de Santos, el más grande de Brasil, que es uno de los países más importantes a nivel de comercio interior y exterior para Latinoamérica”, afirmó.

Además, de la Peña justificó que no se hizo una compra de los barcos remolcadores, ya que no cuentan con los recursos, puesto que adquirirlos implicaría gastos de capacitación, de mantenimiento. “Esta licitación ayuda mucho a reducir en costos operativos, y ahorrarlos para inversión de infraestructura”, agregó.

“No es arrendamiento, ni es privatización, ni es concesión, sino es una tercerización de los servicios”, reiteró el asesor gerencial.

Asimismo, indicó que el artículo 95 de la Ley de Contrataciones del Estado es clara en cuanto a la concesión.

“Si nosotros permitiéramos que la Arrendadora Continental S.A. se arreglara con las navieras por las maniobras de remolcaje, eso sería una concesión, pero mientras nosotros somos los que cobramos la tarifa y pactamos con ellos un monto determinado y todos los requisitos que están en las bases de licitación, no hay ninguna concesión. De hecho, ellos están tercerizando un servicio, y el servicio nos lo prestan a nosotros”, declaró.

EMPRESA CONTRATADA OBTENDRÁ LA MAYOR GANANCIA POR PRESTAR EL SERVICIO

Asimismo, de la Peña explicó que con la tercerización del servicio de remolcaje la empresa contratada, Arrendadora Continental, S.A., obtendrá un porcentaje del cobro que se les hace a los usuarios, siendo este más del 80%.

 

“Nosotros como portuaria cobramos al usuario del servicio de remolcaje, no es la empresa tercerizada, somos nosotros los que cobramos, ya se les paga una cantidad a la entidad adjudicada por maniobra de remolcaje”, detalló.

El asesor gerencial dio a conocer que la tarifa de Empornac por remolcaje es de US$2,087.40, del cual el 13.76% le corresponde a la portuaria y el resto a la entidad contratada, Arrendadora Continental S.A. “Es un porcentaje que puedo asegurar es de beneficio para nosotros”, puntualizó.

Según de la Peña, los Q170,922,576.38 que suma la adjudicación es el resultado del porcentaje que le corresponde a la empresa contratada.

“Es el cálculo que se hace de 1,080 maniobras anuales por el monto de los US$2,087.40, se les va pagar por maniobras, no precisamente se les pagará los Q170 millones”, subrayó.

PORTUARIA SE PRONUNCIA POR EL REPRESENTANTE LEGAL

El representante legal de la empresa contratada, Arrendadora Continental S.A., José Guillermo Castellanos Molina, fue el notario que autorizó la escritura pública de un contrato que hizo en 2014 Empornac con Comercializadora Pahame S.A., y que fue declarado lesivo años después por afectar intereses del Estado.

Al respecto, de la Peña aseveró que es la entidad la que nombra a su representante legal, lo cual es un aspecto ajeno al proceso de licitación. “Ni siquiera es un motivo de calificación por parte de la junta”, agregó.

En cuanto al contrato declarado lesivo, el asesor gerencial detalló, que si bien en su momento el Ejecutivo emitió un Acuerdo Gubernativo para tal efecto, este aún se encuentra en un proceso legal, y no se ha dado una sentencia definitiva.

“El solo Acuerdo Gubernativo no le da el carácter de lesivo a un contrato”, puntualizó.

EMPORNAC MANTIENE SU POSTURA ANTE AUDITORÍA DE LA CGC

En los documentos subidos a Guatecompras se detalla que la Contraloría General de Cuentas (CGC) realizó un examen especial de auditoría concurrente con seguridad limitada a ese proceso de adjudicación e identificó dos deficiencias.

La primera se refiere a que la convocatoria publicada en el Diario de Centro América (DCA) se hizo fuera de tiempo. La segunda fue por deficiencias en publicaciones de eventos.

Sobre esto, de la Peña mantuvo el criterio que emitió el Departamento de Compras de Empornac, donde justifica que la Ley de Contrataciones del Estado dice que entre la publicación en Guatecompras y el día fijado para la presentación y recepción de ofertas deben transcurrir por lo menos 40 días calendario.

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