Por mayoría, la Corte de Constitucionalidad (CC) declaró sin lugar un amparo provisional solicitado por el Ministerio Público (MP) contra el hermano del expresidente Jimmy Morales, Samuel Morales, por lo cual no podrá ser investigado por el delito de lavado de dinero y otros activos en el caso “Botín Registro de la Propiedad”.
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La resolución fue aprobada por los magistrados titulares Dina Ochoa, Nester Vásquez, José Francisco de Mata Vela, Roberto Molina Barreto y el magistrado Juan José Samayoa Villatoro por la ausencia temporal de Leyla Lemus; así como los magistrados suplentes Luis Alfonso Rosales y Walter Jiménez.
SAMUEL MORALES NO PODRÁ SER INVESTIGADO
El 18 de enero de 2017, el Juzgado Sexto de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente dictó falta de mérito a favor de Samuel Morales y Mario Estuardo Orellana por la supuesta comisión de los delitos de lavado de dinero u otros activos y fraude en el caso “Botín Registro de la Propiedad”, argumentando que no fueron proporcionados los indicios necesarios para creer que ellos hayan participado en el hecho.
Por lo anterior, la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) y la otrora Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (Cicig) interpusieron recursos de apelación, los cuales fueron declarados sin lugar por la Sala Tercera de Apelaciones.
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El MP apeló contra la decisión anterior por medio de los agentes fiscales Sara Edith Zamora Ordóñez y Pedro Otto Hernández González, expresando que la autoridad denunciada debió indicar el por qué, a su criterio, no concurrieron los motivos que pudieran hacer pensar la existencia de un hecho ilícito y la posible participación de los procesados, separada e individualmente según el análisis que a cada uno correspondía.
No obstante, la CC declaró sin lugar los recursos de apelación interpuestos por los fiscales. “Con base en el análisis efectuado a la copia digital de la pieza de amparo de primer grado y la resolución que se conoce en alzada, a juicio de esta Corte, en el presente caso, no concurren las circunstancias que ameritan el otorgamiento de la protección interina requerida”, consideró la Corte.
EL CASO
El caso “Botín en el Registro General de la Propiedad” relaciona una serie de irregularidades ocurridas en la entidad durante la administración de Anabella de León.
La investigación del MP apunta a que a finales de 2013 el Registro General de la Propiedad efectuó dos erogaciones por servicios de alimentación por un monto superior a Q150 mil, a través de la simulación de eventos que nunca fueron concretados.
Asimismo, la investigación plantea que al menos 15 plazas fantasma fueron autorizadas en la institución, lo cual implicó un desembolso de Q3 millones.