El gobierno del presidente, Alejandro Giammattei, presentó hoy el acuerdo ministerial 402-2021. Foto La Hora / Mingob

El gobierno del presidente, Alejandro Giammattei, presentó hoy el acuerdo ministerial 402-2021, que exonera de multas y los costos del registro ante el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), de las iglesias.

Según el mandatario, con ello buscan el respeto al principio constitucional de la libertad de culto, además, con la normativa las multas de Q5 mil han quedado exentas para más de 40 mil iglesias en el país.

DISCURSO DEL “CORAZÓN

Agregó que era un honor estar presente en el evento y que, aunque tenía preparado un discurso, no lo leería, pues la situación ameritaba «que hablen los corazones».

 

Refirió que en un año y dos meses se llevaron a cabo mesas de diálogo con líderes evangélicos, en la cual imperó la búsqueda de soluciones “como, por ejemplo, que la vacunación llegue hasta el último rincón del país, usando a ustedes los pastores, como esos promotores, no solo de la fe, sino que también de la vida”.

Agregó que Guatemala es uno de los pocos países con una política que preserva la vida desde su concepción hasta su muerte natural.

LAS RAZONES DE LA NORMATIVA

Explicó que, desde octubre, le comunicaron que el acuerdo en cuestión, estaba vigente y postergado, siendo uno de los principios constitucionales, la libertad de culto, garantía que han buscado respetar durante ese gobierno, explicó.

Comentó que lo primero que saltó a su vista al leer el acuerdo, es que la iglesia estaba catalogada como un negocio, “la iglesia no es un negocio, es un lugar donde nos reunimos por fe, nos recordamos de Dios únicamente cuando nos llega el agua al cuello, cuando lo tenemos en el tobillo o en la rodilla, ni nos recordamos, pero cuando llega al cuello, ahí sí, pero no importa en la condición en la que vayamos, lo importantes es buscar y lo importante es que decidimos ir a resolver los problemas espirituales ”.

Agregó que en esa mesa técnica se encontraron puntos contrarios entre el acuerdo del MARN y las iglesias. «Lo que no se había logrado en 30 años, se logró en dos meses», dijo.

HABLA DE PUERTAS ABIERTAS

El presidente Giammattei, mencionó que este gobierno ha tenido sus puertas abiertas a todos los que quieran fomentar la patria.

«Aquellos que llegan a la confirmación tienen las puertas cerradas; aquellos que llegan con el corazón en la mano a buscar soluciones a los problemas tienen las puertas abiertas», indicó.

¿PATIO DE LA VIDA Y FAMILIA?

Además, comentó que el 9 de marzo en el Palacio Nacional, se habilitará el patio de la vida y la familia, en el que habrá una representación del continente americano y desde Guatemala saldrá la luz que iluminará al mundo «porque Guatemala está llamada a ser luz para las naciones».

Entre otras cuestiones, exaltó el crecimiento económico y mencionó que no sólo intervinieron razones humanas, sino algo «superior a nosotros».

 

Por su parte el Ministro de Ambiente, Mario Rojas, comentó que el fin de la cartera es mantener el cuidado y preservación de un ambiente sostenible y que alrededor de un año se conformaron mesas técnicas entre líderes religiosos y expertos, con lo cual se concluyó que la libertad de culto no será multada bajo el argumento de normas ambientales.

Explicó que al categorizar las actividades que realizan las organizaciones religiosas, en categoría CR, siendo que la actividad religiosa conlleva:

• Temporalidad
• Significancia ambiental
• Que el área no es ocupada constantemente
• Los servicios o cultos son de corta duración

 

Describe que la actividad propia del culto o servicio religioso, no representa un impacto ambiental significativo. Por lo que aplauden un logro conjunto entre las iglesias y el Organismo Ejecutivo, actividades que buscan la protección constitucional de la libertad de culto.

«Sin duda alguna, gracias a la fe de los ministros religiosos y el deseo de trabajar del Gobierno de Guatemala, alcanzamos resultados significativos para todos», dijo Rojas.

De acuerdo con el Ministro, a través del sistema web del MARN las iglesias evangélicas deberán registrarse a través de un formulario, o bien, podrán acercarse a las delegaciones del MARN.

Además, comentó que las multas de Q5 mil quedan exentas para más de 40 mil iglesias en el país.

Esta exoneración es solo para la actividad religiosa, pero si una iglesia quiere construir un templo, deberá proseguir con el trámite ambiental respectivo. Esta iniciativa beneficia a todas las iglesias de todos los cultos o denominaciones, aclaró.

SOBRE LA NORMATIVA

Moisés Fuentes, representante de la iglesia evangélica, hizo mención que las diferencias datan de 36 años atrás y que se dio con una buena intención según el decreto 68-86 ley de protección del mejoramiento del medio ambiente. En junio del 2018 el ministerio de ambiente y recursos naturales, accionaron para hacer cumplir la ley, en la que establece que todas las iglesias debían inscribirse o regularizarse antes de la fecha límite establecida y que, al no hacerlo, pagarían una multa de cinco mil quetzales.

También mencionó que por falta de voluntad política no se avanzó en la lucha de la iglesia evangélica por sus derechos, siendo estas algunas de las consignas de la iglesia:

-La iglesia jamás causará deterioro a los recursos naturales.
-La iglesia evangélica, es ayuda espiritual para la sociedad.
-La actividad de la iglesia no se puede comparar con la actividad industrial.
-La iglesia evangélica no sólo es una institución de mayor confiabilidad «producto de estadísticas», sino que son «la reserva moral de la nación y los guardianes de los principios y valores que distinguen la cultura guatemalteca».

 

Por estas y otras razones, menciona que la iglesia evangélica no merece ser multada ni coartada en el ejercicio de su función.

¿QUÉ DICE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA?

En el documento del MARN, se señala que es oportuno categorizar las actividades que realizan las organizaciones religiosas en categoría CR siendo que la actividad religiosa conlleva la temporalidad, significancia ambiental, ocupacional entre otras.

“…a dichas actividades se presentan un número de personas moderado y de forma controlada de conformidad con las capacidades de aforo de cada centro religioso, local, templo entre otros, dicha actividad no representa en si un impacto significativo propiamente del culto o servicio religioso, motivo por el cual deviene oportuno dejar sin efecto la resolución administrativa”, señalan.

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