Por Eder Juárez
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El Organismo Ejecutivo todavía no define si el acuerdo de Tercer País Seguro, firmado entre el ministro de Gobernación, Enrique Degenhart y el Secretario de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, Kevin McAleenan, será enviado al Congreso de la República para su aprobación. De acuerdo con el Secretario de Comunicación Social de la Presidencia, Alfredo Brito, es un tema que lo está tratando el equipo jurídico de la Secretaría General de la Presidencia, por lo que continúa el hermetismo en este caso.

“Es el equipo jurídico por medio de la Secretaría General quienes ven el tema” dijo Brito sin brindar más detalles. Se le preguntó al titular de la Secretaria de Comunicación Social, ¿qué análisis legal hacen respecto a este acuerdo?, sin embargo no se obtuvo respuesta.

El lunes el titular de la cartera del interior dijo que el equipo jurídico del Ejecutivo está haciendo una evaluación de cuál va a ser el curso a seguir respecto al procedimiento o siguiente paso al manejo del convenio como tal.

“No puedo decirle ni contestarle en este momento, porque están en este momento reunido los equipos jurídicos” dijo Degenhart.

El viernes, día que se firmó el acuerdo con Estados Unidos, el presidente Jimmy Morales dijo que lo que se firmaría entre Estados Unidos y Guatemala no requería aprobación legislativa. “Cuando el acuerdo esté finalizado y firmado, nosotros podemos traerlo, sentarnos con todos los especialistas para poder evaluar si este convenio necesita ir al Congreso de la República”, indicó.

Esta semana, el viceministro de Gobernación, Luis Arévalo, indicó que antes de que este Acuerdo entre en vigencia debe pasar por un previo procedimiento administrativo, entre estos su ratificación en el Congreso.

ACUERDO TERCER PAÍS SEGURO

El acuerdo firmado entre Guatemala y Estados Unidos no detalla aspectos como los fondos para financiar el refugio a migrantes, qué país estaría desembolsando estos recursos, así como los lugares donde se construirían los albergues y a cargo de quién estaría la construcción de los mismos.

Además, en el acuerdo, no se especifica cuáles son los beneficios que obtiene Guatemala al aceptar darle refugio a migrantes de cualquier nacionalidad. En el documento se abordan temas generales sobre la Protección Migratoria, la cual la puede solicitar cualquier persona sin importar su nacionalidad, así como los términos para otorgar esta protección.

En el numeral 5 del artículo 7 de dicho Acuerdo indica: “las Partes prevén completar un plan de implementación inicial, que incorporará gradualmente, y abordará, entre otros: a) los procedimientos necesario para llevar a cabo el traslado de personas conforme el presente acuerdo; b) la cantidad o número de personas a ser trasladadas; y c) las necesidades de capacidad institucional. Las Partes planean hacer operativo el presente acuerdo al finalizarse un plan de implementación gradual”.

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