Juan Francisco Reyes López
jfrlguate@yahoo.com

Las campañas políticas, según las normas vigentes, no pueden iniciarse previamente a la convocatoria que para el efecto y según la Ley debe hacer el Tribunal Supremo Electoral siguiendo las normas legalmente vigentes.

Los actos privados e internos de partido deben hacerse en recintos privados y con la participación exclusiva de los afiliados de un partido, no debe pretenderse que se encuentren presentes en un acto partidario privado más que los que legal y legítimamente son miembros afiliados; y si existe duda o conflicto en una persona por ser funcionario dentro del Organismo Ejecutivo, debe optarse por prever y evitar que se pueda producir un acto que ponga en entredicho el respeto a la Constitución.

Todos estamos en la obligación de conocer, observar y respetar la Ley; especialmente aquellos que por razones de su cargo han jurado respetar la Constitución. En el capítulo III Organismo Ejecutivo, sección primera, Presidente de la República, artículo 182, tercer párrafo, dice: “El presidente de la República juntamente con el vicepresidente, los ministros, viceministros y demás funcionarios dependientes integran el Organismo Ejecutivo y tienen vedado favorecer a partido político alguno”. Esta norma es superior a cualquier otra disposición; los funcionarios lo son a tiempo completo, no hay disposición alguna que señale que a partir de determinada hora el presidente o el vicepresidente dejan de serlo y por consiguiente, lo procedente es que ambos no sean el secretario general de un partido y que por supuesto no participen en ninguna actividad pública del partido al que pertenecen, ni con su proceder de forma directa o indirecta violen el precepto y favorezcan a un partido o a un candidato.

La Plaza de la Constitución, el frontispicio y acera del Palacio Nacional son áreas de uso público común y mientras no exista convocatoria a elecciones no es procedente utilizarlas y decorarlas con los símbolos de ningún partido político. Tanto la Ley Electoral como su reglamento han establecido y normado lo que es propaganda política y aunque existiera alguna omisión, el sentido común, la inteligencia suple cualquier duda al respecto.

La participación de los funcionarios del Ejecutivo, en especial del presidente, vicepresidente, ministros y viceministros no debe darse en ningún acto partidario público, aún después de la convocatoria a elecciones.

El presidente Alfonso Portillo, mi persona como vicepresidente, los ministros y viceministros no participamos en la asamblea general donde el Frente Republicano Guatemalteco eligió candidatos para ser electos en la campaña del 2003 aun cuando alguno de nosotros, habiendo sido fundadores y miembros del Comité Ejecutivo, hubiéramos deseado estar. Todo se realizó en un recinto privado, se evitó cualquier duda, cualquier cuestionamiento o conflicto. “Lex et lex”.

¡Guatemala es primero!

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