Jorge Santos

jsantos@udefegua.org

Defensor de derechos humanos, amante de la vida, las esperanzas y las utopías, lo cual me ha llevado a trabajar por otra Guatemala, en organizaciones estudiantiles, campesinas, de víctimas del Conflicto Armado Interno y de protección a defensoras y defensores de derechos humanos. Creo fielmente, al igual que Otto René Castillo, en que hermosa encuentra la vida, quien la construye hermosa.

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El 10 de mayo del año 2013, pasará a la historia como el día en que el sistema de justicia guatemalteco saldó parcialmente una deuda inmensa con la población y en particular con el Pueblo Maya Ixil, al sentenciar a 80 años de prisión al exjefe de facto Efraín Ríos Montt, por los delitos de Genocidio y por Deberes contra la Humanidad. Aquel sistema que, durante el Conflicto Armado Interno, se había organizado para hacer de la impunidad un medio y un fin, se había ido transformando luego de los Acuerdos de Paz, hasta alcanzar la posibilidad de sentar en el banquillo de los acusados y sentenciar al dictador más cruel y sanguinario de Guatemala y responsable de más de 400 aldeas arrasadas y de aproximadamente 10,000 asesinatos.

Tan sólo 17 meses le fueron suficientes al dictador Efraín Ríos Montt para perpetrar actos de Genocidio, que según la Comisión para el Esclarecimiento Histórico -CEH- se practicó en cinco regiones del país. En estas cinco regiones se cometieron actos con la intencionalidad de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional étnico, racial o religioso, según la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio, ratificada por el Estado guatemalteco en el año de 1949.

La CEH documentó en los Pueblos Mayas Q´anjob´al, Chuj, Ixil, K´iche´y Achí el cometimiento de actos que en su conjunto constituyeron Genocidio. El caso particular contra Efraín Ríos Montt, incluía la muerte de 1,771 personas del Pueblo Ixil y se demostró a lo largo del juicio oral y debate público que en Guatemala sí hubo Genocidio y violencia sexual como parte de la política contrainsurgente y el Terror de Estado implementado por el ejército.

Esta sentencia le permitió a más de un centenar de sobrevivientes ixiles dar a conocer la verdad histórica al Pueblo guatemalteco y la humanidad, también permitió conocer el importante trabajo de la antropología forense, de recuperación de la memoria histórica, así como plantear la necesidad de que estos hechos de violencia y muerte no se repitan en el país. A su vez, esta sentencia emitida por el Tribunal Primero A de Mayor Riesgo es ampliamente conocida por los Pueblos en Guatemala y sin lugar a dudas es motivo de estudio y análisis en diversas universidades del mundo.

Guatemala en estos momentos atraviesa una crisis de tal dimensión que puede gestar el ciclo de un nuevo proceso de violencia institucionalizada y la imposición de una política de terror de Estado, tal cual la hemos vivido durante el Conflicto Armado Interno. Los grupos que dirigieron la política contrainsurgente y sus herederos forman hoy parte de estructuras criminales organizadas en Redes Económicas Políticas Ilegales que pretenden tomar el control de la institucionalidad pública. De ahí la importancia de la sentencia contra el Genocida y la constatación de los hechos cometidos, de ahí la importancia de seguir difundiendo su contenido y hacer valer su peso histórico para que nunca más se repitan estos hechos.

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