Gladys Monterroso

licgla@yahoo.es

Abogada y Notaria, Magister en Ciencias Económicas, Catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Diploma otorgado por la Corte de Constitucionalidad en 2005, como una de las Ocho Abogadas Distinguidas en Guatemala, única vez que se dio ese reconocimiento, conferencista invitada en varias universidades de Estados Unidos. Publicación de 8 ediciones del libro Fundamentos Financieros, y 7 del libro Fundamentos Tributarios. Catedrática durante tres años en la Maestría de Derecho Tributario y Asesora de Tesis en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

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“Presupuesto 2024: «un carro que no vale la pena arreglar»”

José Pablo del Águila

El cuestionado presupuesto recién aprobado, en una maratónica sesión del Congreso, adolece de irregularidades, ilegalidades e inconstitucionalidades que lo hacen un documento inviable e inaplicable, siempre he dicho a mis alumnos que si quieren conocer el verdadero plan de gobierno lean y analicen el presupuesto, hoy concluyo que, el presupuesto aprobado, lo que evidencia es un plan de desgobierno, para que a partir del mes de enero nada pueda funcionar.

Desde sus primeros artículos, la Constitución garantiza el bien común como un derecho de los ciudadanos, mucho se ha escrito sobre este concepto algunas veces difuso, en su momento manifestó Ignacio Ellacuría, “El bien es realmente común cuando propicia un tipo de vida en común. Es decir, cuando nadie es privado de las condiciones básicas para su desarrollo personal y cuando nadie se aprovecha del bien de todos en menoscabo del derecho de los otros para servirse de él.”

¿Responde el Presupuesto aprobado a la satisfacción mínima de ese derecho? Desde el momento en el que le disminuye cuatrocientos diecisiete millones al Ministerio de Salud, si sumamos a esto que, desde hace más de sesenta años tenemos tan solo dos hospitales en la capital, y que, somos el sexto país del mundo con peores índices de desnutrición infantil, que en algunos lugares del interior según UNICEF alcanza el 68%, desprotege la salud de la población esta disminución, mientras paralela y arbitrariamente asignan a más o menos 125 ONG, más de cinco mil millones de quetzales, reviso y me encuentro con que a Fabricagtong, cuyos logros según su página web es tres escuelas impactadas, le asignan dos millones y medio, a la Asociación de Desarrollo Integral Hombro con Hombro, de quienes no encontré información más que en páginas amarillas, le asignan diez millones de quetzales, y así sucesivamente se pueden encontrar más de 125 nombres, esta decisión de los diputados es a todas luces inconstitucional, porque se viola el Derecho a la Salud, de por sí golpeada y en trapos de cucaracha, mientras le asignan recursos a instituciones privadas como mínimo cuestionables, delegando la función pública y violando entre muchos artículos de la Constitución el 1, 2, 51, 93 y 94 que resumo: “El goce de la salud es derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna”, además del 154.

La ley aprobada viola los artículos 4 y 141 de la Carta Magna, que establecen los principios de igualdad y la prohibición de subordinación de poderes, que norman la no subordinación entre los organismos del Estado. El presupuesto subordina al Ejecutivo cuando prohíbe el uso de las asignaciones del gasto público solamente a este Organismo, no así al Legislativo y al Judicial, ni a las demás instituciones del Estado, en lo personal aplaudiría si esta prohibición fuera para todas las instituciones estatales y más, no en forma segregacionista como se estableció,  única y exclusivamente para el Organismo Ejecutivo, a quienes se le obliga a cancelar con su salario desde tomar agua en el despacho hasta pagarse los viáticos, si viajan al interior o exterior pagaran ellos mismos, limitando la telefonía móvil a Q.600.00 por mes, repito plausible si fuera para todos, ilegal e inconstitucional que sea solo para unos, mientras los diputados se servirán las mejores viandas como un insulto para la pobreza de este país, los Magistrados de la CSJ, tienen derecho a viáticos provenientes de los recursos públicos, los Ministros y Viceministros deberán pagar con su salario, hasta la gasolina que utilicen para los vehículos del Estado, esto señores es inconstitucional y limita las funciones.

Viola el derecho al trabajo cuando establece que los trabajadores contratados bajo el reglón 029 no tienen derecho a ninguna de las prestaciones de carácter laboral que la ley otorga a los servidores públicos. tales como: indemnización, vacaciones, aguinaldos, pero no se prohíbe que trabajen bajo órdenes de un superior, y que se les impongan horarios, los diputados parecen desconocer las innumerables sentencias en las que se ha reconocido que los contratos 029, simulan un contrato laboral.

Viola además el principio de secretividad en materia tributaria establecido en el artículo 24 constitucional, porque obliga a crear una base de datos de acceso público en la que se publiquen los nombres de los beneficiarios tributarios, montos globales por exenciones, exoneraciones, ¿Por qué lo viola? Porque la Constitución establece que es punible revelar cualquier dato referente a las contabilidades de los contribuyentes, y los beneficios tributarios lo son.

¿Leyeron los 115 diputados la ley que votaron? Ellos son los responsables de las leyes que emiten.

 

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