Mynor Moto fue juramentado por el Congreso de la República y con esta resolución ese acto quedaría sin validez. Foto La Hora/Congreso

Por Lourdes Arana
lcarana@lahora.com.gt

El Consejo de la Carrera Judicial (CCJ) emitió un informe en donde aseguran que Mynor Moto es magistrado titular de la Corte de Constitucionalidad (CC) desde el pasado 26 enero, fecha en la cual el Congreso de la República lo juramentó, intentando con eso decir que el ex juez tiene inmunidad, con el afán de librarle la orden de captura. Abogados han explicado que él ya no tenía esa prerrogativa.

Primero dijeron que al tener la excedencia tenía inmunidad. Como eso les falló, según el CCJ bastaba que el Congreso juramentara a Moto y no que la CC le diera posesión.

Ayer el Juzgado de Mayor Riesgo “D”, autorizó una orden de captura contra Mynor Moto, a petición de la Fiscalía Especial contra la Impunidad, por su implicación en el caso Comisiones Paralelas 2020.

Debido a este informe, La Hora consultó a Gilma Valladares representante titular ante el CCJ y quien abiertamente ha apoyado a Moto, su postura respecto a si consideraban que el ex juez tiene derecho de antejuicio como magistrado y cuáles serían sus fundamentos al respecto.

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Sin embargo, Valladares indicó que se había emitido el informe por parte del CCJ en donde se indicaba que Moto es magistrado de la CC desde que se le juramentó en el Organismo Legislativo.

“Este documento se emitió por el CCJ. En función de la toma de posesión del cargo del magistrado. No le puedo dar una postura porque no estoy autorizada por el CCJ para ello”, comentó Valladares.

EXCEDENCIA COBRÓ VIGENCIA A PARTIR DEL 28 DE ENERO

En el informe del CCJ también se indica que la excedencia otorgada a Mynor Moto cobraba vigencia a partir de la fecha efectiva de la toma de posesión, “es decir el veintiséis de enero de dos mil veintiuno a las diecisiete horas con veintisiete minutos, debiendo quedar así establecido para los efectos legales consiguientes que a los interesados pudieran convenir”.

Ayer la FECI coordinó varios allanamientos respecto a la situación de Mynor Moto. Foto La Hora

ALFONSO CARRILLO EXPLICÓ QUE MOTO NO GOZA DE INMUNIDAD

Por otro lado, el abogado Alfonso Carrillo explicó días atrás, los motivos por los cuales Mynor Moto perdió su inmunidad al dejar el puesto como juez Tercero Penal, cuando entregó el cargo el pasado 26 de enero.

Mynor Moto, renunció al cargo de juez, una dejación voluntaria, dimisión o apartamiento de algo que se tiene, en este caso, explicó. De conformidad con punto segundo del acta de fecha 26 de enero de 2021, firmada por el señor Mynor Mauricio Moto Morataya, que en su punto segundo dice: “en cumplimiento a lo ordenado por el acta número diez guion dos mil veintiuno emitida por el Honorable Consejo de la Carrera Judicial el Abogado Mynor Mauricio Moto Morataya hace formal entrega del cargo juntamente con los enseres y equipo de cómputo respectivo al Secretario José Raúl López Barrios para lo que haya lugar”.

Esto quiere decir que “según el artículo 30 de la Ley…la calidad de juez termina por renuncia al cargo”.

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De conformidad con el literal b) del artículo 31 de la Ley de la Carrera Judicial los jueces pueden encontrarse en alguna de estas situaciones: Excedencia: La situación de excedencia tiene lugar cuando un miembro de la carrera judicial, sin renunciar a tal condición (la condición de miembro de la carrera judicial), solicita dejar de prestar servicio activo en la misma, Moto solicitó dejar de ser juez activo.

“La excedencia se otorga sin goce de salario y no se acreditará al tiempo de servicio para efectos de determinar antigüedad, prestaciones laborales e indemnización. Conforme la real academia española excedencia es la condición de excedente, referida al funcionario público que no ejerce su cargo, o al trabajador que no ocupa su puesto de trabajo durante un tiempo determinado. Por ello, el señor Moto ya no es Juez y por ello ya no goza de derecho de antejuicio”, dijo en su momento el abogado Carrillo.

Conforme el artículo 206 de la Constitución los magistrados y jueces gozarán del derecho de antejuicio en la forma que lo determine la ley. Moto ya no es juez y por ende no goza del derecho de antejuicio, remarcó.

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De igual forma explicó el exsecretario de Política Criminal del Ministerio Público (MP) durante la gestión de Thelma Aldana, Rootman Pérez, quien detalló que Moto ya no contaba con inmunidad, porque no ostenta el cargo de juez y tampoco ha asumido como magistrado titular de la Corte de Constitucionalidad.

“Si Moto no se encuentra ejerciendo el cargo de Juez y tampoco ha tomado posesión como magistrado de la CC NO goza del derecho de antejuicio. Aún y cuando pretenda ampararse en una excedencia”, escribió Pérez en su Twitter.

La exmagistrada de la Corte de Apelaciones, Claudia Escobar, quien en su momento denunció al exdiputado Gudy Rivera de presionarla para favorecer a la entonces vicepresidenta Roxana Baldetti, se pronunció en su cuenta oficial de Twitter el jueves en la misma línea.

“Al solicitar la excedencia se suspenden los derechos inherentes a la judicatura, durante el tiempo que dure el permiso. La excedencia es una separación temporal del cargo, parece que el señor Moto ignora que ya no es Juez del OJ por tanto no tiene derecho de antejuicio”, publicó Escobar.

NO TOMARÁ POSESIÓN DE SU CARGO HASTA RESOLVER IMPUGNACIONES

Por aparte, la semana pasada, los magistrados de la CC dieron a conocer que hasta que no se resuelvan las 11 impugnaciones presentadas en contra de Mynor Moto, este no podrá tomar posesión del cargo. Los togados indicaron que esta semana sesionarán para estudiar cada una de las impugnaciones presentadas.

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