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Por Redacción La Hora
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La Corte de Constitucionalidad (CC) dictó sentencia en la acción de amparo interpuesta contra la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por la resolución que emitió el 26 de junio de 2020, en la cual ordenó remitir al Congreso de la República, las diligencias de antejuicio promovidas contra cuatro de sus magistrados.

“En ocho días la CSJ debe ser integrada como lo establece la Ley del Organismo Judicial y emitir un nuevo fallo conforme a la doctrina legal que ha sido establecida desde 1995 hasta 2019, y que es de observancia obligatoria”, manifestó la CC en un comunicado.

A criterio de esa instancia la decisión de la CSJ es nula de pleno derecho, ya que fue conformada arbitraria e ilegalmente, al incumplir el procedimiento legal en cuanto al orden de prelación de los magistrados llamados a integrar, como lo ordenan los artículos 77 y 78 de la Ley del Organismo Judicial.

“El acto reclamado además contraviene lo normado en los artículos 167 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, concerniente a la prohibición expresa de entablar cualquier forma de persecución contra los magistrados de la CC por las opiniones que estos expresen en las resoluciones que emiten en ejercicio de sus cargos”, expuso la Corte.

Según la CC, el órgano conformado en forma viciada, emitió una decisión contraria a los precedentes legalmente dictados por la misma CSJ.

“De haberse materializado la orden de la CSJ, se habría lesionado la institucionalidad y la finalidad de la CC, más allá de la esfera personal de los actuales magistrados constitucionales, cuya función principal es la defensa del orden constitucional”, puntualizó la CC.

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