POR REDACCIÓN LA HORA
lahora@lahora.com.gt

El abogado Alfonso Carrillo presentó una solicitud de amparo ante la Corte de Constitucionalidad para que el Congreso vuelva a conocer y votar por la iniciativa relacionada a la alianza pública-privada que tenía como fin la remodelación y operación de la autopista Escuintla-Puerto Quetzal. El abogado en su argumentación menciona las irregularidades que habrían cometido los diputados en la improbación del proyecto legislativo.

Con la acción planteada, Carrillo busca que los legisladores conozcan nuevamente la iniciativa identificada con el número 5506 y que voten hasta obtener los 80 votos que se necesitan para aprobarla o improbarla, como lo establece la Constitución y la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, explica en un comunicado.

“En vista que, durante la sesión ordinaria del Organismo Legislativo, llevada a cabo el 29 de octubre pasado, la presidente en funciones, diputada Flor de María Chajón, dispuso entrar a votar la iniciativa de ley, a pesar que no había sido suficientemente discutida según lo regula el artículo 176 de la Constitución Política de la República de Guatemala, lo que denota contravención al artículo 154 de la Carta Magna que indica que todos los funcionarios están sujetos a la ley”, afirma.

En el amparo se plantea que el Congreso violó la Constitución al no haber discutido una iniciativa de ley de tal “envergadura” y que la presidenta en funciones ignoró la solicitud del diputado Oliverio García Rodas de verificar quórum antes de votar por el proyecto legislativo debido a la importancia de esta, refiere el comunicado de prensa.

“La diputada Chajón debió haber verificado el quórum según le manda el artículo 72 Bis de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, porque el parlamentario García Rodas le indicó que no había en el hemiciclo suficientes diputados para entrar a votar. Sin conocer de la solicitud, la presidente en funciones dispuso entrar a votar la iniciativa 5506, como consta en el acta que documenta dicha sesión”, añadió.

Para Carrillo, el Congreso incurrió en una tercera violación a la Constitución y leyes ordinarias al disponer que la iniciativa quedara improbada, “aún y cuando solo obtuvo 50 votos en contra”.

“Esto contraviene el artículo 159 de la Constitución y 99 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, pues ambos cuerpos legales establecen que todas las resoluciones que tome el Congreso de la República deben ser con la mayoría absoluta de los diputados que lo integran. Esto quiere decir que, si hay 158 diputados en el Congreso de la República, todas las resoluciones que tomen, sin importar el sentido de las mismas, deben contar con el voto de por lo menos 80 diputados, para aprobar o improbar”, explica.

En ese sentido, menciona que al constatar que la iniciativa solo obtuvo 32 votos a favor y 50 en contra debió reprogramarse la votación en tercera lectura.

El 29 de octubre, los diputados improbaron el proyecto que, bajo la modalidad de alianza público-privada serviría para la rehabilitación, administración, operación, mantenimiento, entre otros aspectos que están relacionados a la infraestructura de la autopista Escuintla-Puerto Quetzal.

Artículo anteriorAceptación de Cargos: abogados se unen para pedir veto a Morales
Artículo siguienteINE confirma que 37 mil 941 plazas no fueron censadas