El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos publicó en la Gazeta Oficial de ese país el Acuerdo firmado entre el Gobierno de Estados Unidos y el gobierno de Guatemala, en julio pasado, sobre la implementación del Acuerdo de Cooperación de Asilos (ACA), no obstante, los anexos de implementación del mismo aún no se conocen.

Por Redacción La Hora

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El documento fue publicado en la Gazeta Oficial, lo que significa que el Acuerdo ya tiene luz verde en Estados Unidos.

No obstante, los anexos de implementación en los que supuestamente se establece que solo serán salvadoreños y hondureños los que podrán aplicar al mismo, además en el que se abordaría el tema de los fondos, siguen siendo un misterio.

Este es el acuerdo firmado por el ministro de Gobernación, Enrique Degenhart y el entonces secretario interino de Seguridad Nacional, Kevin McAleenan, en julio pasado.

El documento, que consta de 6 páginas, tiene 8 artículos. En el artículo 1 se aborda lo concerniente a la Petición de Asilo, el cual se refiere a la solicitud de cualquier persona de cualquier nacionalidad, al gobierno de cada uno de las partes, y da la definición de quien es un Solicitante de Asilo, el Sistema para determinar la Protección y de Menor no Acompañado.

En el artículo 2 se indica que este Acuerdo no aplica para guatemaltecos.

En el artículo 3 se señala que para asegurarse que los solicitantes de asilo transferidos de Estados Unidos a Guatemala tengan acceso al sistema que determine su protección, Guatemala no expulsará o regresará a solicitantes de asilo, a menos que estos hayan abandonado el proceso o sea formalmente rechazada la aplicación a través de una decisión administrativa

Se indica que durante ese proceso, la persona sujeta a este Acuerdo será responsabilidad de Estados Unidos hasta que el proceso de transferencia sea completado.

En el artículo 4 se indica que la responsabilidad para determinar y concluir las solicitudes de protección en su territorio será de Estados Unidos.

A pesar de lo que dice el párrafo 1 del artículo 4, el documento señala que Guatemala evaluará la solicitud para el asilo de forma individual, de acuerdo con lo que está establecido y autorizado por la autoridad competente en temas de migración en sus políticas migratorias y en su territorio, de personas que cumplan con los requerimientos apropiados bajo ese Acuerdo, y que lleguen a Estados Unidos por una puerta de entrada o por medio de puertas de entrada, durante o después de entrar en vigencia el ACA.

El artículo 6 aborda lo referente al intercambio de información entre las partes, el artículo 7 señala que las partes deberán implementar procedimientos operativos estándar para asistir en la implementación del referido Acuerdo y que Estados Unidos planea cooperar para fortalecer las capacidades institucionales de Guatemala.

Además se harán evaluaciones regulares de como se ha implementado el Acuerdo, la primera de ellas tres meses después de que este entre en vigencia.

Para que el Acuerdo entre en vigencia se hará un canje de notas entre las partes, el convenio durará por dos años, con posibilidad de renovación antes de que expire.

Cualquiera de las partes puede terminar con el mismo con una anticipación de 3 meses.

El documento señala que “nada en este Acuerdo se interpretará de una manera que obligue a las partes a desembolsar o comprometer fondos”.

Este día, la Agencia de la ONU para Refugiados (ACNUR) informó que no forma parte del ACA y manifestó su preocupación por esta nueva política de asilo hoy.

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