Por Eder Juárez
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Los exdiplomaticos que presentaron el amparo provisional ante la Corte de Constitucionalidad (CC), referido al propósito del Gobierno de la República de firmar con el Gobierno de Estados Unidos de América un Acuerdo de Tercer País Seguro, cuestionaron la secretividad con la que el Gobierno ha actuado al respecto.

“El total sigilo con el cual el Gobierno de la República ha conducido sus negociaciones con las autoridades de los Estados Unidos contradice el principio de publicidad de los actos administrativos (Artículo 30 de la Constitución)” manifestaron los ex diplomáticos en un comunicado.

Además advirtieron al presidente Jimmy Morales que “la calificación de lo que constituye un acto ilegal o una acción inconstitucional, corresponde, de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico-político, a los órganos jurisdiccionales de justicia y, en este caso, a la CC. La Constitución ordena al Presidente de la República cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes” (Artículo 183, inciso a). Desobedecer las sentencias de la CC, desatendiendo además los requisitos procesales, constituyen actos continuados inquietantes para la salud del Estado de Derecho y la estabilidad del régimen democrático, justamente cuando la Nación está en vísperas de llevar a cabo la segunda ronda electoral”.

De acuerdo con los ex diplomáticos, el amparo provisional otorgado por la CC se refiere al procedimiento y no al contenido de dicho Acuerdo. “El artículo 171 inciso l) numeral 1 de la Constitución Política de la República establece que es atribución del Congreso de la República, aprobar, antes de su ratificación los tratados, convenios o cualquier arreglo internacional cuando afecten a leyes vigentes para las que esta Constitución requiera la misma mayoría de votos”.

Según el comunicado, el Acuerdo de Tercer País Seguro afecta el Decreto 44-2016, Código de Migración. “Es claro que la disposición Constitucional antes citada traza un límite a la función del Presidente de dirigir la política exterior y las relaciones internacionales, celebrar, ratificar y denunciar tratados y convenios de conformidad con la Constitución” (Artículo 183, inciso o), cual es “someter a la consideración del Congreso para su aprobación, y antes de su ratificación, los tratados y convenios de carácter internacional”.

Asimismo aseguraron que los pronunciamientos públicos emitidos por el Gobierno de la República y el Presidente, responsabilizando a la CC y a los ponentes del Amparo sobre las consecuencias de que el jefe de Estado no firmó el Acuerdo de Tercer País Seguro con el Gobierno de los Estados Unidos de América, “resultan impertinentes a la luz de los mandatos constitucionales citados”.

Los exdiplomaticos firmantes del comunicado son: Alfonso Cabrera Hidalgo, Ex Canciller; Ariel Rivera Irías, Ex Canciller; Edgar Gutiérrez Girón, Ex Canciller; Francisco Villagrán de León, Ex Canciller Embajador (ret.) y Gabriel Orellana Rojas, Ex Canciller.

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