Por Redacción La Hora

La Corte de Constitucionalidad (CC) requirió informes al presidente Jimmy Morales, a la canciller Sandra Jovel, a autoridades de Migración y al Ministro de Gobernación, Enrique Degenhart en un término de 48 horas, tras el análisis de las solicitudes de debida ejecución de amparo presentadas por las recientes decisiones emitidas por el Ejecutivo contra la Comisión Internacional contra la Impunidad (CICIG) y el comisionado Iván Velásquez.

Martín Guzmán, secretario de la Corte, indicó que los amparistas son el Procurador de Derechos Humanos, Jordán Rodas y los abogados Álvaro Montenegro y Elvyn Díaz quienes solicitaron la reversión de las decisiones que ha proferido el Ejecutivo en contra de la CICIG y su comisionado.

Los amparistas dirigieron las solicitudes de debida ejecución de amparo sobre la base que en los expedientes del año pasado, cuando promovieron acciones constitucionales, se emitieron amparos provisionales.

“Tras el análisis de las solicitudes que fueron presentadas la Corte emitió decisión de requerir informes a determinados funcionarios que están inmersos en este tema que se está tratando” dijo Guzmán.

Entre estos funcionarios está el presidente, la canciller Jovel, el ministro de Gobernación, autoridades de Migración y el Consejo Nacional de Seguridad.

PROCEDIMIENTO

Al preguntarle al secretario de la Corte cuál sería la consecuencia para el presidente Jimmy Morales de no acatar una sentencia de amparo que emita la Corte de Constitucionalidad, el secretario de la CC indicó que hay una deducción de responsabilidades penales, civiles y ya hubo una ocasión en que un ministro desacató una orden proferida en una resolución de la CC y la Corte ordenó la remoción de ese ministro. También ocurrió con miembro de la Comisión de Energía Eléctrica, no cumplieron con orden dada en una resolución de la Corte y se ordenó su remoción, dijo.

Al preguntarle si la CC tendría la facultad para pedir la remoción del presidente si no se sujeta a la resolución de la CC, Guzmán contestó que: En el caso de funcionarios que son electos popularmente y que no acaten órdenes de la CC, hay una normativa que los coloca en una situación distinta dice el secretario de la Corte.

Al preguntarle cual sería la consecuencia de no acatar una sentencia de amparo que emita la CC dijo que no recordaba pero que funcionarios que son electos popularmente hay un procedimiento distinto.

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