POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
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Ana Graciela López Gálvez, sindicada en el Caso Cooptación del Estado, y José Roberto García Rodríguez, sindicado en Construcción y Corrupción, presentaron inconstitucionalidades en caso concreto en contra del Artículo 407 N del Código Penal, el cual regula el delito de financiamiento electoral ilícito.

Ambas inconstitucionalidades se derivan de la sentencia que dictó la Corte de Constitucionalidad (CC) el pasado 12 de febrero en la que exhortaba al Congreso de la República a que reformara el segundo párrafo del 407 N al considerar que la redacción de dicho artículo otorga la misma pena para conductas distintas, como lo son el financiamiento electoral anónimo y el financiamiento electoral proveniente del crimen organizado.

La inconstitucionalidad en caso concreto que presentó Ana Graciela López Gálvez está siendo tramitada en el Juzgado de Mayor Riesgo B, a cargo del juez Miguel Ángel Gálvez, y aún no ha sido resuelta.

En tanto, la defensa de García Rodríguez acudió esta mañana a la CC para exponer a los magistrados de dicha Corte los motivos por los cuales considera que no se le debe aplicar contra su patrocinado el segundo párrafo del Artículo 407 N.

En la vista pública, la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) y la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) se opusieron a la petición de la defensa.

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