Diseño: Alejandro Ramirez/La Hora
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El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) adjudicó el año pasado numerosas compras del medicamento Trastuzumab, que se utiliza para pacientes con cáncer, por Q17 millones 327 mil 342 mediante la modalidad de compra directa, evadiendo la cotización o licitación como lo establece la Ley de Contrataciones del Estado (LCE), según la cual la institución pudo haber incurrido en un fraccionamiento de compras.

La norma dicta en su artículo 81 que “se entenderá que existe fraccionamiento, cuando una misma unidad ejecutora realice varias adquisiciones con el propósito de evadir la cotización y licitación públicas”.

Amplía que se comete tal irregularidad, cuando una misma unidad ejecutora hace compras de baja cuantía o directas del mismo bien o servicio, durante un mismo cuatrimestre del ejercicio fiscal, cuya suma exceda el monto a partir de la cual la cotización pública es obligatoria.

También, cuando en una misma unidad ejecutora se hagan varias cotizaciones de un mismo bien o servicios, dentro de un mismo ejercicio fiscal, cuya suma exceda el monto a partir del cual la licitación es obligatoria.

Asimismo, el artículo 43, referente a las modalidades de adquisición y excepciones, establece que el techo para hacer compras de baja cuantía, es de Q10 mil y el de las compras directas es de Q90 mil. El artículo 38 dice que el techo para hacer una cotización es de Q900 mil. Después de esta cifra es obligación hacer licitación pública.

Oficinas centrales del IGSS. La institución pudo haber incurrido en fraccionamiento de compras al adquirir el fármaco Trastuzumab. Foto: La Hora.
Oficinas centrales del IGSS. La institución pudo haber incurrido en fraccionamiento de compras al adquirir el fármaco Trastuzumab. Foto: La Hora.
MÁS DE 200 POR MENOS DE Q90 MIL

En el caso del Seguro Social, de acuerdo con datos del portal Guatecompras, durante el 2023, la Unidad de consulta externa de enfermedades, adjudicó por lo menos 233 compras directas por montos cercanos, pero debajo, de los Q90 mil, presumiblemente para evitar hacer una cotización.

La presentación del Trastuzumab es la misma “en polvo para uso parenteral 440 MG/20 vial”, incluso tiene el mismo código de medicamento del IGSS, el 10 mil 510.

El primer cuatrimestre del año pasado la referida unidad ejecutora no se pasó del techo que establece la LCE para hacer compras directas, puesto que se efectuaron cinco por un monto de Q361 mil 889.

La presunta irregularidad se da en los tres cuatrimestre siguientes, según las adjudicaciones registradas en Guatecompras. En el comprendido de mayo a agosto, se adjudicaron 192 compras que sumaron Q14 millones 397 mil 360.

Mientras que, de septiembre a diciembre, fueron 36 concursos por modalidad de compra directa que sumaron Q2 millones 939 mil 982.

Las adjudicaciones se dirigieron a tres empresas, dos de las cuales obtuvieron la gran mayoría. Aviv Farmacéutica ganó 98 contratos en el año que le representaron Q7.1 millones, mientras que Farmacia LB se hizo de 131, que sumaron Q10.4 millones

J. I. Cohen ganó cuatro contratos que le fueron adjudicados, en total, Q155 mil.

 

¿QUÉ DICE EL IGSS?

El IGSS respondió a La Hora, a través de la oficina de Acceso a la información pública, que la unidad ejecutora en cuestión “realiza las compras conforme a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como toda la reglamentación vigente”.

Añadió que dentro de los procesos de adquisición existen gestiones de “compras tuteladas por medio de órdenes emitidas por tribunales de amparo”; sin embargo, no está claro si el Trastuzumab estuvo sujeto a algún amparo el año pasado, puesto que el IGSS en su respuesta no mencionó algún número de expedientes, tribunal o caso.

Además, no demuestran que un órgano jurisdiccional les haya dado la facultad de “fraccionar” las compras contraviniendo lo que establece la ley.

La oficina agregó que la unidad ejecutora hace todas las gestiones para la compra de medicinas e insumos “que son necesarios para el buen funcionamiento de esta unidad médica”, y que “son respaldadas mediante un formulario, SA’6, el cual da inicio para los procesos de compras bajo las modalidades de licitación o cotización ante el departamento de abastecimientos, evitando así incumplir con lo estipulado en el artículo 81 —de la LCE—”.

“En virtud de lo anterior, se informa que todas las compras realizadas por esta unidad médica se encuentran dentro del marco legal vigente aplicable en materia de compras y contrataciones del Estado”, aseguró el IGSS.

 

SANCIÓN

El artículo 81 de la LCE dice que el funcionario o empleado público que haya autorizado adquisiciones que incurrieron en fraccionamiento, “será sancionado con una multa equivalente al cinco por ciento del valor total de la negociación, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas del acto”.

El 88 dice que, “las sanciones pecuniarias a que se refiere esta Ley y su Reglamento, serán impuestas por la Contraloría General de Cuentas o por la Superintendencia de Bancos, según corresponda”.

 

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Sergio Morales
Periodista y licenciado en Ciencias de la Comunicación. Temas políticos, comunitarios, gestión pública y migración.
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