Este lunes fueron definidos los temas que serán conocidos para las sesiones programadas de esta semana. Foto: Congreso.

El Congreso de la República aprobó de urgencia nacional el decreto 11-2021, Ley de Emergencia Nacional para la Atención de la Pandemia por COVID-19, con 137 votos a favor, 1 en contra y 22 ausentes. La normativa estará vigente hasta el 31 de diciembre y con ella se facilitaría la adquisición de insumos y personal para que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social haga frente al aumento de los casos de coronavirus.

BIENES Y COMPRAS

Ahora la cartera podrá disponer de bienes inmuebles de otras instituciones públicas para atender la crisis sanitaria.

Además, contará con una readecuación presupuestaria de Q1,878,000.00 para asumir los gastos que conllevará atender la emergencia.

También establece un listado básico de compras de medicamentos específicos, equipo hospitalario, insumos de laboratorio, oxígeno, equipo médico quirúrgico, fórmulas, equipo de protección personal y contratación de servicios de publicidad; para agilizar esto se permite el uso del contrato abierto.

El MSPAS y el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, así como sus respectivas unidades ejecutoras deberán actualizar su plan de compras, según las nuevas asignaciones presupuestarias.

CONTRATACIÓN DE PERSONAL

Sobre la contratación de recurso humano exclusivamente para atención del COVID-19, las unidades ejecutoras deberán priorizar como norma general los renglones 021 o 022.

VACUNACIÓN EN MENORES DE 17 AÑOS

Además, contempla acelerar la vacunación contra el coronavirus para la población guatemalteca y actualizar los controles sanitarios y el sistema de alertas epidemiológicas.

En este aspecto, se habilita la inmunización contra el coronavirus de los menores de edad entre los 12 y 17 años, así como ampliar el proceso hacia comunidades rurales.

NO APRUEBAN HABILITAR HOSPITAL MILITAR

Respecto a las enmiendas, los diputados no lograron los consensos para habilitar como un hospital temporal el Campamento de Tránsito del Centro Médico Militar, administrado por el Ejército de Guatemala.

Los diputados de las bancadas VAMOS, VIVA, TODOS, FCN-Nación y Unionista no apoyaron esa iniciativa, a pesar de que los hospitales nacionales actualmente están saturados.

Tampoco avalaron una pensión para niños y viudas de víctimas del COVID-19.

BECAS ESTUDIANTES DE MEDICINA QUE APOYAN EN LA PANDEMIA

Entre las enmiendas que sí aprobaron se encuentra la adhesión de un nuevo artículo a la normativa que faculta al MSPAS a garantizar la continuidad de los servicios de salud pública.

Otro que incrementa las Becas Estudiantiles otorgadas a estudiantes de medicina que prestan sus servicios para atender la emergencia del COVID-19 y que realizan sus prácticas en los diferentes niveles de atención en salud.

La beca deberá ser equivalente al monto del salario mínimo para trabajo no agrícola y otorgarse con la readecuación presupuestaria establecida en el artículo 30.

REGISTRO SANITARIO

La mayoría de los diputados apoyaron una enmienda sobre el registro sanitario de medicamentos para atender a pacientes con coronavirus, lo que permitirá que estos sean registrados en un plazo no mayor de 15 días para productos con moléculas de su síntesis y 30 días para productos biológicos y biotecnológicos.

Para ello es necesario que presenten una autorización emitida por la Administración de Medicamentos de los Estados Unidos de América o la Agencia Europea de Medicamentos y la Organización Mundial de la Salud.

AGREGAN LA TELECONSULTA

Mientras que al artículo 32 se adhirió un numeral para implementar una línea de atención directa de medicina general y seguimientos a casos COVID-19 para adultos y menores de edad a través de la teleconsulta y cuidado médico domiciliar; para ello podrán optar a la contratación de servicios de salud del sector privado.

 

PERMISO LABORAL PARA VACUNARSE

Además, aprobaron que se otorgue un día con goce de salario a los trabajadores para que se coloquen la vacuna contra el COVID-19.

El empleado tendrá que presentar la tarjeta de control emitidas en los puestos de vacunación como constancia que se administró las dosis correspondientes.

PUNTOS A RECORDAR DE LA NORMATIVA

Vacunación de menores entre 12 y 17 años: Se ordena al Ministerio de Salud programar la vacunación de los menores. Además, deben concluir el esquema completo de las personas que cuentan con la primera dosis.

Precios de referencia: Las autoridades deben publicar en redes sociales, página web y en un diario de circulación nacional el listado básico y precios de referencia de medicinas y servicios hospitalarios privados para la atención del COVID-19.

Tablero Covid-19: Se instruye al Ministerio de Salud a actualizar el Semáforo Epidemiológico para dar certeza a la información sobre la situación del coronavirus en cada localidad.

Plan de vacunación: Salud deberá conformar brigadas comunitarias para la vacunación, detección y mitigación de COVID-19 en áreas rurales. Se debe tomar como referencia aldeas y caseríos identificados en el Censo Nacional de Población.

 

 

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