La CC emitió un comunicado en el cual fijo un previo al abogado Alfonso Carrillo. Foto: La Hora

Luego de que Néster Mauricio Vásquez Pimentel y Claudia Elizabeth Paniagua Pérez asumieron como magistrados titular y suplente de la Corte de Constitucionalidad (CC), ese tribunal emitió un comunicado en el cual fijó un previo al abogado Alfonso Carrillo para que comparezca él por los amparos que planteó contra la juramentación de ambos togados.

“La Corte de Constitucionalidad INFORMA que ayer, 3 de junio de 2021, en el amparo promovido contra los Decretos del Congreso de la República números 7-2021 y 14-2021, por los que se integra a la Corte de Constitucionalidad a los Magistrados -titular y suplente- electos por la Asamblea del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y se denuncia la amenaza de su juramentación, se fijó PREVIO para que se cumpla con la formalidad de que comparezca el Mandatario Judicial y sea éste el que actúe en nombre de su mandante”, indicó la CC.

El máximo ente constitucional del país además advierte que “en caso de incumplimiento se procederá conforme a las normas que regula el trámite del amparo”, es decir, podrían decretar la suspensión definitiva, luego del plazo de 3 días para subsanar los requisitos faltantes, plazo que establece el artículo 22 de la Ley de Amparo y Exhibición Personal y de Constitucionalidad.

EL AMPARO REQUERIDO

El abogado señala que el pasado 31 de mayo el Congreso aprobó el Decreto 7-2021 para integrar a la CC, convocando tanto a Vásquez como Paniagua para su respectiva juramentación, pese a que no han sido resueltos dos recursos que están en trámite ante la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG).

INSISTEN EN COMPARECENCIA DE CARRILLO

El pasado 14 de mayo, la CC informó que recibió una denuncia por la vía procesal “amigos de la Corte”, en donde se señala que Carrillo ha accionado ante ese tribunal pese a que pudo haber estado fuera de Guatemala cuando inició sus planteamientos.

Por ello, en esa oportunidad la CC solicitó un informe al Instituto Guatemalteco de Migración (IGM) sobre los movimientos migratorios del abogado Alfonso Carrillo Marroquín y resolvió revisar cada proceso vigente, en el cual figure como parte o fuere auxiliante, ya que “conforme a la Ley y los procedentes de ese Tribunal, no se admite la comparecencia en forma personal de sujetos procesales que no se encuentren en el país”.


También, trasladaron del caso al Ministerio Público y al Tribunal de Honor del CANG.

El 22 de mayo, Carrillo se pronunció en un comunicado, afirmando que la Corte no puede quitarles a los guatemaltecos un derecho que la Ley de Amparo establece.

“Si el solicitante del amparo no puede firmar, lo puede hacer por él otra persona o el abogado que auxilia (inciso i del Artículo 21). Es fundamental que quede claro que la ley no exige que el solicitante se encuentre en territorio nacional para plantear un amparo y que en caso de que el solicitante no pueda firmar lo puede firmar el abogado que auxilia”, aseguró en esa oportunidad.


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