Al menos cinco comunicadores sociales, entre periodistas, fotógrafos y camarógrafos, fueron agredidos física y verbalmente en la manifestación realizada este sábado. Foto: La Hora/Christian Gutiérrez

POR MARIELA CASTAÑÓN
mcastanon@lahora.com.gt

Al menos cinco comunicadores sociales, entre periodistas, fotógrafos y camarógrafos, fueron agredidos física y verbalmente en la manifestación realizada este sábado.

De acuerdo con los datos oficiales, físicamente fue agredida Jovanna García, de la revista digital Ruda, quien fue golpeada en el brazo con un tubo, por un hombre, cuando documentaba lo que sucedía.

Asimismo, Oscar Rivas de Nuestro Diario, a quien le habría caído una piedra en la cabeza.

También, Roberto Cabrera, de FGER, quien recibió un golpe en la cabeza, aparentemente causado por piedras.

AGRESIONES VERBALES

Por otro lado, fueron agredidos verbalmente por encapuchados, Felipe Garrán, Pablo Juárez y Elmer Vargas, de Noticiero Guatevisión.

La turba de infiltrados les habría exigido que “se fueran”, cuando realizaban su labor informativa.

“En ese momento estas personas comenzaron a intimidar a los reporteros y camarógrafos que cumplían con su rol de informar, y para evitar que la situación llegará a más decidieron retroceder para evitar una confrontación y posible agresión”, informó Prensa Libre en su sitio web.

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PDH REMITE DENUNCIAS A FISCALÍA

Por su parte, la Fiscalía de Delitos contra Periodistas ya tiene conocimiento de estos casos y ha iniciado con las diligencias respectivas.

La Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH) ha remitido la denuncias a la Fiscalía y dará seguimiento, según informó.

DERECHOS INHERENTES DE PERIODISTAS Y COMUNICADORES

Periodistas y comunicadores sociales poseen derechos inherentes para ejercer sus funciones, a través de un marco legal nacional e internacional.

LEGISLACIÓN NACIONAL

Algunos de los artículos contemplados en la legislación nacional son:

El Artículo 35 de la Constitución Política de la República, libertad de emisión del pensamiento, señala: “Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medio de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna”.

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Artículo 5, Ley de Emisión del Pensamiento: “La libertad de información es irrestricta y los periodistas tendrán acceso a todas las fuentes de información”.

LEGISLACIÓN INTERNACIONAL

Estos son algunos artículos en el marco internacional:

Artículo 19, Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José, Artículo 13, Libertad de pensamiento y expresión: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.

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