La defensa del exfuncionario, presentó una inconstitucionalidad indicando que el delito de financiamiento electoral no registrado no puede imputarse a su defendido. Foto: La Hora/Lourdes Arana.

Por Lourdes Arana
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Este viernes se llevó a cabo la audiencia de primera declaración del ex diputado del partido Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) Julio César López Villatoro ante el Juzgado de Mayor Riesgo “A”, a cargo de la jueza Claudette Domínguez, luego de que el exparlamentario permaneciera prófugo de la ley desde 2017, por el caso Financiamiento UNE.

La Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) lo sindica de los delitos de asociación ilícita y financiamiento electoral no registrado, por no reportar más de Q250 mil que la agrupación política habría recibido para la campaña electoral del 2015.

En ese contexto, durante la diligencia, la defensa del exfuncionario, presentó una excepción de inconstitucionalidad indicando que el delito de financiamiento electoral no registrado no puede imputarse a su defendido.

SIN REPORTAR Q250 MIL AL TSE

Según la imputación presentada este día por la FECI, durante la campaña electoral de la UNE en 2015, el exdiputado Julio César Villatoro recibió un total de Q250 mil por medio de 5 cheques de Q50 mil cada uno por parte de la entidad Maariv, S.A., los cuales no fueron reportados al Tribunal Supremo Electoral (TSE).

SEGÚN LA DEFENSA, EL DELITO NO EXISTÍA EN 2015

Luego de que el MP realizara las imputaciones de los delitos de asociación ilícita y financiamiento electoral no registrado, el abogado defensor de López Villatoro presentó una excepción de inconstitucionalidad indicando que el delito de financiamiento electoral no registrado no puede imputarse a su defendido, puesto que el mismo no existía en 2015, basándose en el artículo 407 “O” del Código Penal y argumentando también la reciente resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC).

El delito que se encontraba vigente en 2015 era el delito de financiamiento electoral ilícito, actualmente en virtud que en 2018 hubo un cambio legislativo, ese delito ya no está tipificado y se tipifica el artículo 407 “O”, pero como esa figura delictiva fue creada hasta en el 2018 no puede ser utilizada de forma retroactiva para evaluar situaciones que ocurrieron en el 2015”, señaló.

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ARGUMENTA RESOLUCIÓN DE LA CC

En este sentido el abogado de López Villatoro indicó que fue un hecho notorio que el pasado miércoles la CC emitió una sentencia de inconstitucionalidad en el caso concreto de Mario Leal, “evidenció que existe una vulneración del artículo 15 constitucional y el artículo 9 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, porque si se estaría aplicando una norma creada en el presente a una situación pasada, como fue en el 2015”. añadió la defensa.

En este sentido la judicatura otorgó el periodo de 9 días al Ministerio Público para que pueda pronunciarse respecto a la imputación del delito de financiamiento electoral.

El pasado 12 de mayo, la CC declaró parcialmente con lugar, un recurso de apelación interpuesto por Mario Roberto Leal Pivaral y Rodrigo Leal Castillo, señalados en el caso Financiamiento Electoral UNE.

La acción fue interpuesta contra el artículo 407 “O” del Código Penal, que regula el delito de financiamiento electoral no registrado y en la resolución se consigna que en esta situación en particular son válidos dos argumentos de los solicitantes respecto a la retroactividad de la ley, es decir, no podría ser aplicada a los amparistas.

CAPTURA DE LÓPEZ VILLATORO

Hoy, la FECI y agentes policiales asignados a la Fiscalía ejecutaron la orden de aprehensión en contra de López Villatoro cuando este se presentó a Torre de Tribunales para comparecer ante la judicatura por el caso Financiamiento UNE ante la judicatura de Mayor Riesgo “A” a cargo de la jueza Claudette Domínguez.

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