FCT
Abogado de la Fundación contra el Terrorismo (FCT) Raúl Falla y querellante adhesivo, no se presentó a la misma

Para este día se tenía programada la audiencia de primera declaración de Juan Carlos Marroquín Godoy en el Juzgado de Turno, vinculado al caso que se sigue en contra de José Rubén Zamora, no obstante, fue suspendida pues el abogado de la Fundación contra el Terrorismo (FCT) Raúl Falla y querellante adhesivo, no se presentó a la misma y no fue posible contactarlo.

En tanto, se ordenó su traslado del área de carceletas hacía el centro de detención de Mariscal Zavala y se reprogramó la audiencia de primera declaración para el martes 2 de mayo en horario de 07:00 a 19:00 horas.

El proceso se tenía previsto que iniciará esta mañana en el Juzgado de Turno a cargo de la togada Carol Patricia Flores, pero desde antes que iniciara la audiencia se conoció que no se había logrado contactar a los querellantes adhesivos.

 

MP PIDE SUSPENSIÓN Y ABOGADA EXPONE ARGUMENTO

Por parte del Ministerio Público (MP), la fiscal Leonor Eugenia Morales de Lazo pidió la suspensión de la audiencia.

Mientras Ana Lucrecia Palomo, abogada de Marroquín Godoy, solicitó la aceptación de cargos y refirió que no era necesaria la presencia de los querellantes adhesivos para dicho procedimiento.

En su argumento expuso que para ayer sábado 29 de abril a las 10:00 se había programado y no se presentó el abogado de la FCT, aunque ya sabía del procedimiento y que no había querido apersonarse.

JUEZA LOS JUSTIFICA

En tanto, la togada los justificó diciendo que ellos no habían sido legalmente notificados porque no contestan el teléfono y que si realizaba la audiencia estaría violando sus derechos.

Además, indicó que el Juzgado de Turno no cuenta con casillero electrónico para notificar y de esa cuenta no fueron notificados formalmente y por eso decidió suspender la audiencia.

ABOGADA PIDIÓ A JUEZA QUE SE INHIBIERA DE CONOCER EL CASO

La abogada de Marroquín Godoy, en tanto pidió a la jueza que se inhibiera de conocer el caso y que remitiera la carpeta judicial al Juzgado Séptimo, es decir con el juez que conoce el caso, sin embargo, la jueza Flores ofreció su argumento.

“De acuerdo a lo que pide la representante del Ministerio Público es que yo me inhiba de conocer, por los argumentos que ella ha señalado, pero ¿Qué es lo que pasa? Si yo me inhibo de conocer, también no estoy actuando de conformidad con el acuerdo 18-2020, porque la Corte Suprema de Justicia nos amplia esa competencia para conocer de las órdenes de aprehensión que fueron giradas por los juzgados contralores”, dijo la jueza.

La togada indicó que el fiscal, en este caso Rafael Curruchiche de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), puede comparecer con el juez contralor y solicitar que oficie y que se solicite que esta carpeta judicial, que él mismo remitió de oficio, sea remitida nuevamente al juzgado contralor para que él pueda conocer la primera declaración.

“Yo conozco la ley, ustedes también la conocen, pero el juez de garantías debe velar por ese derecho que no solo le asiste al sindicado sino también a los querellantes”, agregó.

Flores indicó que, si reprogramaba para este lunes la audiencia solo los haría perder el tiempo, pues es asueto, “puede pasar lo mismo”.

En tanto, agregó que entendía que se vulneraban los derechos de Marroquín Godoy y que no podía pasar más de 24 horas en carceletas y por eso ordenó su traslado inmediato hacia Mariscal Zavala para que esté en otras condiciones.

ABOGADA SEÑALA A REPRESENTANTE DE LA FCT

La abogada del sindicado, Ana Lucrecia Palomo Marroquín, dijo que se sabe que Falla a propósito no contesta las llamadas y la jueza Flores respondió que no se puede pensar así, “que hay que tener presente la lealtad procesal y la buena fe”.

Marroquín Godoy decidió entregarse de manera voluntaria a la justicia y se presentó en Torre de Tribunales el 27 de abril; sin embargo, fue detenido por las autoridades de la Policía Nacional Civil (PNC) afuera del edificio.

Según la FECI, es considerado como sospechoso del delito de obstaculización a la acción penal, según informó el jefe de esa unidad de investigación. Las diligencias fueron ordenadas por Sergio Mena, juez séptimo penal B.

EL PLAZO EN QUE DEBE REALIZARSE LA AUDIENCIA DE PRIMERA DECLARACIÓN

Al respecto de la suspensión de audiencia, el artículo 9 de la Constitución Política, explica que interrogatorio a detenidos o presos, las autoridades judiciales son las únicas competentes para interrogar a los detenidos o presos y que esta diligencia deberá practicarse dentro de un plazo que no exceda de veinticuatro horas, mientras agrega que el interrogatorio extrajudicial carece de valor probatorio.

En consonancia al tema, el artículo 87 del Código Procesal Penal sobre la Oportunidad y autoridad competente, refiere que, si el sindicado hubiere sido aprehendido, se dará aviso inmediatamente al juez de primera instancia o al juez de paz en su caso, para que declare en su presencia, dentro del plazo de veinticuatro horas a contar desde su aprehensión.

“El juez proveerá los medios necesarios para que en la diligencia pueda estar presente un defensor. Durante el procedimiento intermedio, si lo pidiere el imputado, la declaración será recibida por el juez de primera instancia. Durante el debate, la declaración se recibirá en la oportunidad y en la forma prevista por este Código”, dice ese artículo.

Además, refiere que el imputado podrá declarar cuantas veces quiera, siempre que su declaración sea pertinente y no aparezca sólo como un procedimiento dilatorio o perturbador, y que “durante el procedimiento preparatorio el sindicado podrá informar espontáneamente al Ministerio Público acerca del hecho delictivo que se le atribuye”.

 

EL CASO

De acuerdo con la FECI, “estas personas se concertaron y mediante la elaboración de un contrato privado de promesa de compraventa de una obra de arte, valorada en Q300 mil, intentaron darle apariencia de legalidad a la cantidad de Q240 mil consistente en una parte del dinero que fue incautado y que el señor José Rubén Zamora Marroquín solicitó a Ronald Giovanni García Navarijo ingresará al sistema bancario nacional”.

Curruchiche señala que el periodista manifestó ante un juez que ese dinero había sido entregado por empresarios prestigiosos y no era producto de lavado de dinero. “Indicó que se presentarían a declarar al juzgado, pero eso nunca ocurrió”.

“A través de esta argucia se intenta justificar parte del efectivo incautado”, anotó el fiscal Curruchiche.

A solicitud de la FECI y por el mismo caso se ordenó la investigación en contra de periodistas y columnistas del diario elPeriódico, dado que no comparten el criterio de las publicaciones escritas sobre el Caso Zamora.

*Con información de Diego España

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