El exministro de Economía del gobierno de Jimmy Morales, Acisclo Valladares Urruela. Foto La Hora Acisclova

En la nota publicada por La Hora el pasado martes 28 de marzo, la cual se titula “Exministro de Economía busca ser excluido de proceso por supuesta corrupción”, se agregó información imprecisa, lo cual aclaramos en esta ocasión.

En la parte final de la referida pieza periodística se aborda el proceso judicial que el exfuncionario enfrentó en Estados Unidos, en donde fue juzgado y condenado. Actualmente afronta la sentencia correspondiente.

El texto original no incluía esa parte, pero en el proceso de edición, el editor de turno decidió hacer mención de ese hecho, el cual consta en los registros públicos de Estados Unidos.

 

Dentro de la nota, correspondiente a la sección “Condenado en EE. UU.”, se dijo que el exministro de Economía guatemalteco se había declarado culpable en el juicio que afrontó en ese país, y se señaló que fue sentenciado por lavado de dinero, lo cual es impreciso.

En ese sentido, Acisclo Valladares Molina, padre y abogado del exfuncionario, se dirigió a este medio para solicitar que se aclarara la información.

Lo correcto es que Valladares Urruela aceptó los cargos que en su contra se hacían por el delito de conspiración para participar en una transacción monetaria en comercio extranjero por medio de una institución financiera, delito por el cual fue condenado.

AUDIENCIA

También se indicó que el pasado martes 28 de marzo se desarrolló una audiencia en la Sala Primera de Mayor Riesgo, correspondiente al caso “Red de Poder, Corrupción y Lavado de Dinero”.

En la diligencia se discutió una acción de amparo que fue planteada por Valladares Molina en favor de su hijo, la cual señala que el Juzgado de Mayor Riesgo D se abstuvo de conocer una excepción de incompetencia de ese despacho, así como una excepción de falta de acción del Ministerio Público, que sostiene que la situación de rebeldía del exfuncionario paraliza el proceso que se sigue en su contra, que se encuentra en fase preparatoria.

 

Ante eso, Valladares Molina indica que el artículo 80 del Código Procesal Penal “establece que la declaración de rebeldía no paraliza el proceso penal durante su fase preparatoria”, señala la nota del profesional del derecho.

De esa cuenta, este miércoles 29 de marzo se modificó la parte señalada.

La Hora, desde su Dirección y Redacción, ofrecemos una disculpa por la imprecisión.

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