En la fotografía Raúl Falla de la FCT y el juez de Mayor Riesgo, Miguel Ángel Gálvez. Foto: La Hora

Durante una vista pública en la Corte de Constitucionalidad donde el juez de Mayor Riesgo “B”, Miguel Ángel Gálvez expuso sus argumentos para que la máxima corte lo ampare por un antejuicio que dio con lugar la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Raúl Falla de la Fundación Contra el Terrorismo (FTC) denunciantes en el caso aseguró que el juez debería “agradecer que se está respetando el debido proceso”.

La afirmación la realizó frente a los magistrados de la CC y la fiscal del Ministerio Público (MP) Maritza Castillo.

“Siempre dijimos que el poder es efímero y que un día en esas mismas instituciones que ellos cooptarían a base de persecuciones ilegales y chantajes, serían perseguidos con la única diferencia que el juez Miguel Ángel Gálvez ya no cuenta con ese apoyo de Tod Robbison, Iván Velásquez, Thelma Aldana, o del -Profuguito- quienes desde Washington no harán más que mandar un tuit por él”, señaló el abogado de la FCT.

Además, Falla señaló que, a su criterio, se está respetando el debido proceso: “Que agradezca que se está respetando el debido proceso y que no va a ser sometido a una prisión provisional, pero si a una prisión preventiva, preso o prófugo”, puntualizó.

 

SAMAYOA: AMENAZA CONTRA FUNCIONARIO JUDICIAL

El abogado, Oswaldo Samayoa por medio de una publicación de Twitter se refirió a lo dicho por Falla y explicó el delito de amenaza contra un funcionario judicial según el artículo 215 del Código Procesal Penal de Guatemala.

“Delito poco conocido en su supuesto de hecho y en la agravación cuando el sujeto pasivo es Juez. Digo por amenazas que deberían ser investigadas por estar presentes funcionarios del @MPguatemala y de la @CC_Guatemala”.

A la publicación agrega fotografías del artículo:

ARTÍCULO 215.- (Reformado por Artículo 3 del Decreto 38-2000 del Congreso de la República). Quien amenazare a otro con causar al mismo o a sus parientes dentro de los grados de ley, en su persona, honra o propiedad, un mal que constituya o no delito, será sancionado con prisión de seis meses a tres años.

(Párrafo suprimido por Artículo 10 del Decreto 31-2012 del Congreso de la República, Ley contra la Corrupción). Si la amenaza se cometiere contra funcionario judicial por razón del ejercicio de su cargo, se sancionará con prisión de dos a seis años.

 

EL CASO CONTRA EL JUEZ

El juez de Mayor Riesgo B, fue denunciado por la FCT por supuestamente haber faltado a la ley tras enviar a implicados en distintos casos de alto impacto a “prisión provisional”, siendo esta una figura que no existe en el Código Procesal Penal.

Aseguran que pudo incurrir en los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de deberes, prevaricato y detenciones ilegales con causas agravantes “en forma continua”.

JUEZ ARGUMENTA

El 15 de junio 2022 la CSJ admitió para su trámite al antejuicio contra el togado por lo que argumentó: “es una actuación arbitraria que atenta en contra de mí, de los pilares fundamentales como lo es la independencia judicial reconocida no solo por la Constitución Política de la República de Guatemala, si no por las obligaciones internacionales”.

 

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