El presidente sancionó la Ley de Incentivos para la Movilidad Eléctrica. Foto: La Hora

El presidente Alejandro Giammattei sancionó la Ley de Incentivos para la Movilidad Eléctrica, Decreto 40-2022, publicada este lunes en el Diario de Centro América. Según el mandatario, la normativa fomenta la circulación de vehículos cero ruidos.

De acuerdo con la Secretaría de Comunicación Social, a través de esta ley el presidente asegura que se promoverá el ensamblaje de automóviles eléctricos.

Además, contempla incentivos fiscales en la compra o venta de vehículos eléctricos o de hidrógeno con exenciones sobre el IVA de importación, el Impuesto de Circulación y el ISR a los proveedores, entre otros, afirmó el Gobierno de Guatemala.

 

SE BUSCA APROVECHAR LAS ENERGÍAS LIMPIAS

Mientras que el documento publicado en el Diario de Centro América señala que es necesario fomentar el aumento de la demanda de energía para diversificar la matriz energética, impulsar el aprovechamiento de energías limpias, así como asegurar el abastecimiento energético, modernizar y hacer más eficientes los sistemas de transporte terrestre, impulsando la descarbonización.

Según lo señalado es importante fomentar la circulación de vehículos cero ruidos. Foto: La Hora/captura de pantalla

Por eso, la normativa tiene como objeto facilitar y promover la importación, compraventa y uso de vehículos eléctricos, híbridos, de hidrógeno y sistemas de transporte eléctrico de Guatemala, con el fin de contribuir a la diversificación de la matriz energética y a la mitigación de emisión de gases de efecto invernadero.

Asimismo, incluye diferentes definiciones al respecto de la ley, entre los que mencionan; estación de carga eléctrica o electrolinera, centro de carga, ensamblaje, hidrógeno, movilidad eléctrica, entre otros.

Con esto se buscará facilitar y promover la importación, compraventa y uso de vehículos eléctricos. Foto: La Hora/Captura de pantalla

ENERGÍA Y MINAS SERÁ LA RESPONSABLE DE INCORPORAR POLÍTICAS

La ley detalla que será competencia del Ministerio de Energía y Minas cumplir y hacer cumplir funciones e incorporar políticas, planes y estrategias vinculadas al tema.

 

A la vez, destacan que se tendrán exenciones para componentes de vehículo eléctrico, motocicleta eléctrica, vehículo impulsado por hidrógeno, teleférico, tren eléctrico, ligero, tranvía o trolebús por una duración de diez años a partir de la entrada en vigor de la presente ley.

“La compraventa e importación de cargador para vehículo o motocicleta estará exento del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de importación e Impuesto al Valor Agregado (IVA) doméstico en la primera transferencia de dominio en un 100%, la exención será aplicable por un período de diez (10) años a partir de la vigencia de la presente Ley”, agrega la legislación.

 

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