Empleados públicos reciben capacitación. Foto: Cortesía/La Hora
Empleados públicos reciben capacitación. Foto: Cortesía/La Hora

Las labores en los tres organismos del Estado han disminuido desde mediados de diciembre, y a la vez, los presidentes del Ejecutivo, Legislativo y Judicial ampliaron el descanso para los empleados públicos en los últimos días del año.

En el Congreso de la República, los trabajadores dejarán sus actividades desde el viernes 22 de diciembre y regresarán el 3 de enero, según el reglamento de la Ley de Servicio Civil de ese organismo.

 

Mientras que los empleados del Organismo Judicial (OJ) tendrán descanso los viernes 22 y 29, derivado de que se adelantaron los asuetos correspondientes al 24 y 31 de diciembre, esto por caer día inhábil, medida que se encuentra establecida en el Pacto Colectivo.

A la vez, el presidente, Alejandro Giammattei, publicó en el Diario Oficial este miércoles 20 de diciembre el acuerdo 313-2023 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab), para oficializar el descanso a los empleados de las dependencias del Ejecutivo para los martes 26 de diciembre y 2 de enero.

El presidente, Alejandro Giammattei, autorizó extender el asueto para empleados públicos por las fiestas de fin de año. Foto: X del Gobierno de Guatemala/La Hora
El presidente, Alejandro Giammattei, autorizó extender el asueto para empleados públicos por las fiestas de fin de año. Foto: X del Gobierno de Guatemala/La Hora

Aunque hizo la excepción para los servidores públicos de las entidades centralizadas y descentralizadas de la administración pública que en su pacto colectivo gocen del asueto un día distinto a lo indicado en la disposición que fue publicada por el Ejecutivo.

SIN DESCANSO

En cuanto a los empleados de entidades gubernamentales que presten servicios esenciales o los que tengan actividades programadas que sean impostergables, se deberán programar turnos para garantizar la atención de los estos.

“Como consecuencia del permiso que se concede, se considerará como día inhábil para los efectos del cómputo de los plazos que deben observarse dentro de la administración pública, salvo la excepción del párrafo segundo del artículo 2”, explica el acuerdo gubernativo del Ministerio de Trabajo.

 

Joel Maldonado
Reportero de política y economía. Además de informar, es necesario educar, por eso me gusta contar historias con hechos y pruebas.
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