Por medio de un comunicado, el Congreso reconoce abierta y públicamente que no cumplirán resolución de la Corte de Constitucionalidad. Foto. Congreso

POR MARGARITA GIRÓN
jgiron@lahora.com.gt

El Congreso de la República, a través de un comunicado publicado esta tarde, señaló que la Comisión Permanente del Legislativo es “respetuosa” del Estado de Derecho y en resguardo de la institucionalidad, manifiestan que la resolución emitida por la Corte de Constitucionalidad, el 27 de junio, constituye una clara y grave afrenta al Estado de Derecho y a la Institucionalidad, conteniendo “manifiestas y evidentes” violaciones a la Constitución Política de la República y a las leyes de Guatemala, vulnerando el Artículo 153 de la Constitución.

Según detallan, el Artículo, establece “el imperio de la Ley se extiende a todas las personas que se encuentren en el territorio de la República”, pues al resolver indican que, según su interpretación, la prohibición a la que se refiere el
Artículo 167 de la Ley de Amparo, exhibición personal y de Constitucionalidad, evita la persecución penal, civil o de cualquier otra índole, contra los magistrados de la CC, por sus resoluciones, lo cual es “inadmisible”, en un Estado de Derecho como el guatemalteco.

De acuerdo con el comunicado, tanto gobernantes como gobernados, se encuentran sometidos al imperio de la Ley y señalan que, dicha resolución es contraria al Artículo 154 de la Constitución, que establece: “los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, sujetos a la ley y jamás superiores a ella…”.

Según el pronunciamiento del Legislativo, al resolver, los magistrados indican que, según su interpretación, la prohibición a la que se refiere el Artículo 167 de la Ley de Amparo, impide la persecución penal civil o de cualquier otra índole, contra los magistrados de la Corte de Constitucionalidad por sus resoluciones, lo que los haría “personas no sujetas a responsabilidad penal, superiores a la Ley y no sujetos a la misma”.

“Vulneran el Artículo 69 de la Ley de Amparo, que establece que contra las resoluciones de la Corte de Constitucionalidad, solo procede la aclaración y ampliación, pero los magistrados que las dicten serán responsables con arreglo a la Ley, pues en su resolución están indicando que los magistrados de la CC, no son responsables por sus resoluciones, cuando “claramente” dicha norma jurídica, dispone que, serán responsables con arreglo a la ley, sin hacer una diferenciación, entre sus opiniones y sus resoluciones”, enfatiza en el documento, el Legislativo.

SEÑALAN A LOS MAGISTRADOS DE LA CC DE SER “JUEZ Y PARTE”

En el documento refieren que, los magistrados vulneraron uno de los principios jurídicos fundamentales para impartir justicia al constituirse en jueces y partes de un asunto que les involucraba de forma directa, “conculcando”, el debido proceso y contrariando su misma jurisprudencia, según la cual, “colocarse en plano de juez y parte, está prohibido por la Ley”, según sentencia de fecha 14 de mayo de 2018, dentro del expediente 1158-2018.

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De acuerdo con el documento, como Comisión Permanente, rechazan y repudian las acciones llevadas a cabo por tres magistrados de la Corte de Constitucionalidad, para evitar la creación de un precedente tan nefasto, para la administración de justicia constitucional en Guatemala, “mediante la procura completa de impunidad y la omisión total de la debida rendición de cuentas de todo funcionario público”.

SOBRE LA DENUNCIA EN EL MP

De acuerdo con el documento, el Legislativo, presentó una denuncia ante el Ministerio Público en contra de los magistrados de la CC, Gloria Patricia Porras, José Francisco de Mata Vela y Bonerge Amílcar Mejía Orellana, por los delitos de prevaricato, obstaculización a la acción penal, violación a la Constitución, resoluciones violatorias a la Constitución y abuso de autoridad.

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“En cumplimiento a Constitución Política de la República y la autonomía funcional, especialmente la facultad que la misma constitución establece en Artículo 165, literal h, con relación a la función y competencia del Congreso de la República, para conocer los antejuicios en contra de los magistrados, se procedió a mantener bajo custodia el expediente en original del antejuicio para los efectos legales correspondientes”, señalan.

Asimismo, refieren que solicitan al MP, cumplir con su función constitucional de velar por el estricto cumplimiento de las leyes de las leyes de la República de Guatemala y actúe de conformidad con la Ley y ante “evidente comisión de hechos delictivos”, denunciados, proceda con el planteamiento del antejuicio y la subsecuente persecución penal en contra de los magistrados referidos.

“No se puede permitir que quienes están llamados a velar por la defensa del orden constitucional, sean quienes lo destruyan, a través de procurarse su propia impunidad”, destaca el comunicado.

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