Las comisiones de postulación deben integrar la nómina de postulados para elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y Salas de Apelación. Foto La Hora / Archivo

El Congreso de la República publicó en el Diario Oficial el acuerdo número 21-2024, con el cual se convocó a las comisiones de postulación para elegir candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y Corte de Salas de Apelación.

Según lo establecido en el acuerdo, las funciones de la Comisión de Postulación para CSJ se establece en el artículo 215 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

En tanto, la competencia de la Comisión de Postulación para Salas de Apelación se contempla en el artículo 217 de la Carta Magna

 

En el acuerdo se establecen cinco criterios:

Que la Comisión de Postulación integre la nómina de postulados para la elección de magistrados de la CSJ

Integrar la nómina de postulados para la elección de magistrados de la Corte de Apelaciones y demás tribunales de igual categoría.

 

Dichos órganos deberán remitir las nóminas de candidatos a elegir dentro del plazo de por lo menos 20 días calendario de anticipación a que finalice el período de funciones de las autoridades que serán sustituidas, según el artículo 24 de la Ley de Comisiones de Postulación.

DEBERÁN INFORMAR AL CONGRESO

Las comisiones de postulación deberán de notificar de su integración al Congreso de la República, lo cual tendrá que hacerse de forma inmediata, indicando los nombres de sus miembros.

La vigencia del acuerdo que contiene la convocatoria entra en vigencia de manera inmediata.

 

Heidi Loarca Oliva
Soy periodista apasionada por los temas políticos, económicos y sociales. A través de las noticias se guarda un registro de lo que acontece a lo largo de la historia del país.
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