Roberto Arzú García-Granados y David Pineda, Zury Ríos y Héctor Cifuentes, Sandra Torres y Romeo Guerra; Jordán Rodas y Thelma Cabrera. Foto: La Hora

La Misión de Observación Electoral Guatemala (MOE-GT) reiteró su preocupación por la ausencia de criterios jurídicos homogéneos para la inscripción de candidatos a cargos de elección popular. Esto derivado de las resoluciones que fueron dadas a conocer por la Corte de Constitucionalidad (CC) el pasado jueves 2 de marzo con relación a la participación de cuatro binomios presidenciales en los comicios.

Por medio de un comunicado, la organización dijo: “La MOE-GT reafirma la importancia del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y de los órganos de la justicia como garantes del ordenamiento jurídico constitucional en la materia. Sin embargo, como fue señalado en nuestro primer informe, los criterios jurídicos deben de aplicarse de manera homogénea y sin discriminación o discreción conforme a lo que establece el principio constitucional de igualdad”.

También se hizo un llamado a las cortes de justicia a dictar sentencias definitivas a la brevedad en los casos que son tramitados, y que los criterios utilizados sean “en aras de la certeza del proceso electoral”, e insta a los magistrados a que las normas del proceso sean públicas para que puedan así ser aplicadas equitativamente.

 

CASOS EN LA CC

La CC resolvió el pasado jueves 2 de marzo cuatro recursos legales relacionados con el proceso electoral. Según la información oficial, todos fueron resueltos sin lugar, es decir que no le dieron la razón a los interponentes de los mismos.

En ese sentido, fue rechazada una apelación del partido Podemos, con el cual se buscaba revertir la decisión de no inscribir a su binomio presidencial, integrado por Roberto Arzú García-Granados y David Pineda.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) anuló la inscripción del binomio, aprobada por el Registro de Ciudadanos (RC) por considerar que Arzú García-Granados habría cometido campaña anticipada y porque el partido tenía pendiente el pago de una multa, aunque la agrupación rechaza tal extremo.

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También fue rechazado un recurso similar del Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP), para que sus candidatos a presidenta y vicepresidente, Thelma Cabrera y Jordan Rodas, respectivamente, sean inscritos.

El RC negó la inscripción a la pareja presidencial del MLP por considerar que era inválido el finiquito que presentó Rodas.

Ambos binomios se mantienen fuera de la contienda electoral con estas decisiones del máximo tribunal en materia constitucional.

Por otro lado, la apelación que fue presentada por Cabal, de Edmond Mulet, para frenar la participación de Zury Ríos como candidata a la Presidencia por la coalición Valor-Unionista, fue rechazada.

 

Con ese fallo, la aspirante a la silla presidencial permanece en la contienda. Los señalamientos en su contra indican que la Constitución Política de la República de Guatemala le prohíbe optar a la Presidencia y Vicepresidencia, porque es hija del difunto general José Efraín Ríos Montt, quien encabezó un gobierno de facto entre marzo de 1982 y agosto de 1983.

De la misma manera se rechazó una apelación a TODOS, que busca que quede sin efecto la inscripción de Sandra Torres y Romeo Guerra, por la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), por considerar que el segundo tiene impedimento constitucional por ser líder religioso activo.

CRITICAN DECISIÓN DE REVISAR EL FINIQUITO

Según la MOE-GT, la decisión del TSE de permitir al RC verificar la autenticidad, vigencia y legitimidad de la constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos, más conocida como finiquito, en el portal de la Contraloría General de Cuentas (CGC), contraviene la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).

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De esa cuenta, la organización señala que en la referida normativa se establece que únicamente se debe presentar el finiquito, el cual tiene una vigencia de seis meses.

“Las normas para la calificación de propaganda ilegal de personas individuales, de campaña anticipada y las consecuencias de incurrir en estos supuestos, deben de aplicarse con razonabilidad y equidad”, indica la comunicación.

SANCIONAN PARTIDOS

El director del RC, Ramiro Muñoz, confirmó que las organizaciones políticas VIVA y Unión Republicana (UR) fueron sancionadas por la utilización de postes en la vía pública para efectuar propaganda.

 

Se recibieron tres expedientes de VIVA, los cuales fueron unificados, con lo cual el Registro resolvió que la agrupación deberá pagar una multa de US$75 mil, mientras que en el caso UR, la oficina impuso una multa de US$50 mil.

Asimismo, Muñoz expuso que su despacho consideró que se notificará a otras organizaciones políticas por haber incurrido en acciones similares; sin embargo, no dio a conocer los nombres de los partidos que serán multados pues espera antes sean informados de tal extremo.

Fátima Najarro
Graduada de la Universidad Rafael Landívar en Ciencias de la Comunicación. Fanática de la natación. Sin periodismo no hay democracia.
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