El OJ compartió la publicación de dicha organización junto con la leyenda “falso”. Foto: La Hora / AGN

Por medio de su cuenta oficial de X, anteriormente Twitter, el Organismo Judicial (OJ) desmintió a la organización denominada “Guatemala Inmortal”, la cual aseguró que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dio trámite al retiro de antejuicio en contra de los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El OJ compartió la publicación de dicha organización junto con la leyenda “falso”, luego que Guatemala Inmortal afirmara que la CSJ dio trámite a la denuncia interpuesta por los abogados Giovanni Fratti y Karen Fischer.

Falso

En la publicación, Guatemala Inmortal también aseveró que el retiro de antejuicio fue remitido hacia el Congreso de la República, para que conformara una Comisión Pesquisidora.

 

Luego que el OJ desmintió la publicación, Guatemala Inmortal decidió eliminar dicha información.

MP AGILIZA DENUNCIA DE FRATTI Y FISCHER 

El pasado 27 de septiembre, la Fiscalía de Delitos Administrativos del Ministerio Público (MP) solicitó el retiro de la inmunidad de la magistrada presidenta del TSE, Irma Palencia, los magistrados titulares, Ranulfo Rojas, Blanca Alfaro, Gabriel Aguilera, Mynor Franco, y los magistrados suplentes Marco Antonio Cornejo Marroquín, Marion Josué Barahona Catalán y Álvaro Ricardo Cordón Paredes.

El requerimiento deriva de una denuncia presentada por Fischer y Fratti, quienes acusan a los magistrados del TSE de supuestas irregularidades en la compra del sistema informático de Transmisión de Resultados Preliminares (TREP).

A criterio de la Fiscalía, los funcionarios electorales habrían cometido los delitos de fraude, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes al haber autorizado la compra del sistema informático.

Pese a la solicitud, los magistrados se vieron tranquilos durante una conferencia de prensa en la que trataron el tema, junto al secretario general del TSE, Mario Alexander Velásquez, quien afirmó que la adquisición del software, su implementación y logística se hizo de manera estricta con toda la normativa vigente aplicable.

Además, subrayó que el TREP tiene un carácter eminentemente informativo, y no es vinculante al escrutinio y resultados oficiales de la población, ya que el sistema informático únicamente realiza un traslado preliminar de los resultados.

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