Por Eder Juárez
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La Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó in limine la solicitud de antejuicio contra magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC), interpuesta por el Congreso de la República, tras el amparo que otorgó la CC que ordenó suspender la Ley de Reconciliación Nacional.

La CSJ consideró que la solicitud contra los magistrados de la CC es ilegítima y con faltas de requisitos para su viabilidad.

“La CSJ no puede analizar el contenido de las resoluciones emitidas por la CC; es por ello que sin prejuzgar sobre el contenido de la resolución que subyace a la presente solicitud de antejuicio, debe realizarse únicamente el análisis de la querella presentada, para determinar si la misma cumple o no con los requisitos básicos para su admisibilidad; en ese sentido se determina que la misma fue promovida por razones ilegitimas” señala la CSJ.

La CSJ concluye que la querella al haber sido promovida por razones ilegitimas, no cumple con los requisitos necesarios para su viabilidad, por lo que no resulta necesario remitir el expediente en el acápite (Párrafo aparte, especialmente de un texto legal) al Congreso de la República.

En tanto la CC informó en un comunicado que fue notificada de esa resolución, la cual señalan confirma lo establecido en el artículo 167 de la Ley de Amparo, que indica que los Magistrados de la Corte de Constitucionalidad «no podrán ser perseguidos por las opiniones expresadas en el ejercicio de su cargo». 

Además, el máximo tribunal resaltó que la resolución de la CSJ señala que otorgar un amparo provisional “no es un indicador que conlleve a coartar la función legislativa como fue denunciado”.

“Tampoco es procedente revisar por medio del antejuicio, aquellas decisiones tomadas por la CC en el trámite de las acciones que se someten a su conocimiento en observancia de las funciones de la Constitución” resaltaron.

También que “los magistrados denunciados, al emitir las resoluciones, actúan en atención a las atribuciones que la ley les otorga” y que “la divergencia de opiniones no implica la necesidad de iniciar una investigación al respecto en contra de los funcionarios antejuiciados, esto en atención a que en todo tribunal colegiado podrán existir diversidad de opiniones o puntos de vista”. Esto con relación a lo considerado por el Organismo antejuiciante por los votos razonados emitidos por dos magistrados titulares de la CC, señalaron en el comunicado. 

La Comisión Permanente del Congreso presentó el pasado 24 de julio, una querella contra los magistrados de la CC, Bonerge Mejía, José Francisco de Matta Vela y Gloria Porras, por considerar ilegal e inconstitucional la resolución que suspendió las reformas a la Ley de Reconciliación Nacional.

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